DECRETO 90/2009, de 24 de abril, por el que se establecen y regulan las ayudas para el fomento de la mejora de la estructura de la producción ecológica y se convocan dichas ayudas para el año 2009 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Mayo de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

DECRETO 90/2009, de 24 de abril, por el que se establecen y regulan las ayudas para el fomento de la mejora de la estructura de la producción ecológica y se convocan dichas ayudas para el año 2009 en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2009040097)

El Reglamento (CE) 834/2007, del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre la producción y etiquetado de los productos ecológicos y el Reglamento (CE) 889/2008, de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación al Reglamento (CE) 834/2007, consideran que la agricultura ecológica constituye un sistema de producción agrario alternativo que conjuga prácticas ambientales, racionalización de los recursos naturales, máximo nivel de biodiversidad y garantía de bienestar animal, con la producción de alimentos sanos, usando métodos naturales.

La gestión agraria ecológica aporta y conlleva, asociado a la producción de alimentos, un amplio conjunto de bienes de uso público, como el desarrollo local, bienestar animal y mejora del entorno, que repercuten en una mejora de la calidad de vida de la sociedad.

La Comunidad Autónoma de Extremadura, a tenor de lo dispuesto en la Ley 6/1992, de 26 de noviembre, sobre el fomento de la agricultura ecológica, natural y extensiva, declara el interés por el fomento y el apoyo a este tipo de producción.

El régimen de la producción agraria ecológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura se establece por el Decreto 42/2009, de 6 de marzo, por el que se crea el Comité de Agricultura Ecológica de Extremadura (CAEX), se designa el órgano de control y certificación para actividades de producción, elaboración, comercialización e importación de productos ecológicos, se crean los registros y se establecen los instrumentos de fomento, promoción y asesoramiento en materia de producción ecológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Considerando que el cumplimiento de la legislación en materia de agricultura ecológica, obliga a los operadores, inscritos en los registros, a realizar considerables esfuerzos para conseguir productos que incidan de forma directa sobre la mejora de la calidad de vida.

Por otra parte, considerando el Plan Estratégico para la Agricultura Ecológica en Extremadura, cuya prioridad es continuar con la evolución positiva en este sector, fortalecer el sistema y crear las condiciones necesarias para avanzar e impulsar el mismo, con el objetivo de establecer medidas encaminadas al fomento de la agricultura ecológica.

Consultado el sector de producción y elaboración de productos ecológicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estima conveniente desarrollar acciones de mejora en equipamiento e instalaciones de producción, transformación, elaboración y etiquetado de los productos agroalimentarios ecológicos.

Las ayudas previstas en el presente Decreto se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas mínimis (DOUE L 379, de 28 de diciembre) no pudiendo superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros por beneficiario.

En consecuencia, es preciso establecer las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la mejora de la estructura de la producción ecológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2009, y al mismo tiempo que las bases contengan los requisitos y extremos básicos exigidos por la Ley 38/2003.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, así como la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en uso de las atribuciones conferidas en materia de agricultura por el artículo 7.1.6 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, a propuesta del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 24 de abril de 2009,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto de este Decreto es establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la mejora de la estructura de la producción ecológica y la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2009, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La convocatoria de esta ayuda será periódica y se realizará por Orden del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural.

Artículo 2 Beneficiarios.

Podrán solicitar la ayuda aquellos operadores ecológicos inscritos en el Registro de Operadores titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica, en el Registro de Elaboradores y Comercializadores de Producción Ecológica y/o en el Registro de Importadores de terceros países.

También podrán solicitar la ayuda las Agrupaciones de Productores Agrarios Ecológicos (APAES) y sus Asociaciones y Federaciones que estén reconocidas mediante Resolución de la Dirección General de Explotaciones Agrarias y Calidad Alimentaria de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 319/2007, de 9 de noviembre, por el que se regulan las APAES en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Quedarán excluidos de la condición de beneficiarios aquéllos en los que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 3 Condiciones y características.

Tendrán consideración de subvencionables las actuaciones y acciones relativas al fomento y mejoras estructurales de la producción ecológica que se describen a continuación:

- Actuaciones subvencionables para operadores inscritos en el Registro de Operadores titulares de Fincas Agropecuarias:

* Equipos y maquinarias para la transformación y aplicación de abonos ecológicos.

* Instalación de gestión de subproductos ecológicos. * Instalación y equipos para las prácticas culturales y ganaderas ecológicas. * Inversiones para la reconversión a la producción ecológica. * Inversiones para medios auxiliares de transporte exclusivos para la producción ecológica. * Actuaciones encaminadas a la reconversión para adaptarlas a las condiciones locales de la agricultura y ganadería ecológica.

* Equipos productores de energías alternativas. * Instalaciones para el suministro de agua a las explotaciones agrícolas y ganaderas.

- Actuaciones subvencionables para operadores inscritos en el Registro de Elaboradores y Comercializadores y/o en el Registro de Importadores de terceros países:

* Equipos y maquinaria para el proceso de envasado y etiquetado para cumplimiento de la normativa ecológica.

* Maquinaria y equipos para envoltorios y sellados. * Inversiones en instalaciones de conservación y almacenaje, mediante sistemas de refrigeración.

* Maquinaria y equipos de pintura con tintes ecológicos. * Equipos y maquinaria de laboratorio. * Inversiones en gestión de subproductos industriales. * Equipos productores de energías alternativas.

- Actuaciones subvencionables para...

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