Decreto 18/2015, de 17 de febrero, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: 'Nuevo Depósito Regulador-Distribuidor en Valdesalor'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 18/2015, de 17 de febrero, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: "Nuevo Depósito Regulador-Distribuidor en Valdesalor". (2015040023)

La Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 15/2011, de 8 de julio, en relación con Decreto 208/2011, de 5 de agosto, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de abastecimiento de agua, así como la coordinación de las políticas de agua autonómica.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b) en la redacción de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En relación con las obras de "Nuevo Depósito Regulador-Distribuidor en Valdesalor" el proyecto fue aprobado en fecha 16 de octubre de 2014, habiéndose practicado información pública por Resolución de 13 de noviembre de 2014 (DOE n.º 225, de 21 de noviembre) sin que se hayan presentado alegaciones dentro del plazo al efecto concedido.

La urgencia viene motivada por cuanto la localidad viene sufriendo graves problemas de abastecimiento de agua potable debido, fundamentalmente, a que el suministro se realiza a través de un mero ramal de la red municipal de Cáceres, al escaso diámetro de la conducción actual y a la altura que debe atravesar el trazado, todo lo que conlleva falta de caudal y presión insuficiente en la red.

El proyecto a ejecutar resolverá tales problemas mediante la solución adoptada, que consiste, en esencia, en la ejecución de un nuevo depósito de hormigón armado semienterrado respecto a la cota natural de terreno variando la profundidad del enterramiento entre 3,80 m. en el alzado posterior y 1,50 m. en el alzado anterior o principal; así mismo se incluyen otras instalaciones...

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