DECRETO 93/2004, de 15 de junio, de declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Acondicionamiento de la Ctra. EX-211. Tramo: EX-111 - Peraleda del Zaucejo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

El proyecto a ejecutar solucionará los problemas de circulación del tráfico por la carretera, discurriendo el mismo con más seguridad y se dotará a la travesía de Salvaleón de una solución más integral con el tráfico urbano y peatonal.

Por otro lado se producirán importantes ahorros en tiempo y coste en los transportes, repercutiendo en beneficio de la economía de la Comunidad.

El proyecto fue aprobado en fecha 8 de marzo de 2004 y la Información Pública se practicó por Resolución de 16 deabril de 2004 (D.O.E. nº 48 de 27 de abril de 2004), habiéndose presentado alegaciones, dentro del plazo al efecto concedido, por Pedro Benítez Nisa, Juan Carlos Caro Leal, Juan A. Torres Lagar,

Manuel Fernández Meleno y Cristina Pérez Fernández, fundamentalmente en cuanto a cambios de titularidad, de los que se han tomado las oportunas anotaciones a efectos del levantamiento de actas previas.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Fomento, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 15 de junio de 2004, D I S P O N G O

Artículo Único Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición de derechos necesarios para la ejecución de las obras de 'Ensanche y Mejora de la Ctra

EX320, de Zafra a Barcarrota. Tramo: Salvatierra - Salvaleón', con los efectos y alcance previstos en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.

Mérida, 15 de junio de 2004.

El Presidente dela Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRÍGUEZ IBARRA

La Consejera de Fomento,

LEONOR MARTÍNEZ-PEREDA SOTO

DECRETO 93/2004, de 15 de junio, de declaración de urgencia de la ocupación de terrenos para ejecución de las obras de:

Acondicionamiento de la Ctra. EX-211.

Tramo: EX-111 - Peraleda del Zaucejo.

La Consejería de Fomento, tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 26/2003, de 30 de junio, las competencias transferidas del Estado en materia de Carreteras.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, art.

47 b), correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el art. 52 de la...

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