DECRETO 48/1998, de 21 de abril, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Colectores en Medellín y Yelbes.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Obras publicas y Transportes
Rango de LeyDecreto

CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES DECRETO 47/1998, de 21 de abril, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de:

Colectores en Casas de Don Pedro.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes, tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 20/1995, de 21 de julio, las competencias transferidas del Estado en materia de saneamiento, abastecimiento, encauzamiento, defensa de márgenes y regadíos.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 50 b), correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras de que se trata, viene sufriendo graves problemas higiénico-sanitarios, derivados del vertido de aguas negras, haciéndose necesario la prolongación de los colectores para alejar los vertidos, a fin de evitar la contaminación ambiental que hasta la fecha se genera.

El proyecto fue aprobado en fecha 29 de enero de 1998.

Habiéndose practicado Información Pública por Resolución de 2 de marzo de 1998 (D.O.E. n.º 28, de 10 de marzo), dentro del plazo al efecto concedido, no se han presentado escritos de alegaciones.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 21 de abril de 1998,

DISPONGO ARTICULO UNICO.Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición de derechos necesarios para la ejecución de las obras de: 'Colectores de Casas de Don Pedro', con los efectos y alcance previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.

Mérida, 21 de abril de 1998.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRIGUEZ IBARRA El Consejero de Obras Públicas y Transportes,

JAVIER COROMINAS RIVERA DECRETO 48/1998, de 21 de abril, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de:

Colectores en Medellín y Yelbes.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 20/1995, de 21 de julio, las competencias transferidas del Estado en materia de saneamiento, abastecimiento, encauzamiento, defensa...

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