DECRETO 56/1995, de 16 de mayo, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: 'Colector General de Saneamiento en Salvatierra de los Barros'.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Decreto |
pleta ejecución del proyecto o iniciar el expediente de incumplimiento de las obligaciones del beneficiario.
Cuando se acredite que el incumplimiento no es imputable al beneficiario, no resulte de gran entidad o circunstancias de interés público así lo aconsejen, la Dirección General de Incentivos a la Actividad Empresarial podrá incoar expediente de modificación del proyecto inicial, mediante el procedimiento correspondiente establecido en el apartado 3.º del artículo 19 de este Decreto.
En el supuesto de que el beneficiario de la subvención incumpliese cualquiera de las condiciones establecidas en la resolución de concesión o en el presente Decreto, u obstaculizase la labor inspectora, o se detecte falseamiento o tergiversación de los datos o documentos aportados en el expediente, el órgano que concedió la ayuda, mediante la correspondiente resolución, podrá declarar la pérdida del derecho a su percepción y, en su caso, la obligación de reintegrar las cantidades que hubiera percibido, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan. Las referidas cantidades tendrán la consideración de ingresos de derecho público a los efectos legales pertinentes.
El procedimiento para declarar la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y, en su caso, la obligación de reintegrar las cantidades percibidas, será el siguiente:
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La Dirección General de Incentivos a la Actividad Empresarial comunicará al interesado la iniciación del procedimiento y las causas que lo fundamentan. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentación y otros elementos de juicio.
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Instruido el procedimiento, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados, que dispondrán de un plazo de quince días para alegar y...
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Otros documentos interesantes:
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- Orden 39/2007 de 18 de octubre de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los ficheros de carácter personal de esta Consejería