DECRETO 77/2004, de 18 de mayo, de declaración de urgencia de la ocupación de terrenos para ejecución de las obras de 'Acondicionamiento de la carretera EX-325, de la EX-110 a la EX-303 por Villar del Rey. Tramo: Villar del Rey - EX-303'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

(29SQE114280). Puede considerarse el mejor ejemplar de la especie dentro de Extremadura con una altura de 30 m y 4,35 m de perímetro de tronco a 1,30 m.

  1. Olivo de la Tapada. Especie Olea europaea L. Situado en el paraje Los Carrascales de La Morera (Badajoz). La designación del punto donde se ubica es 29SQC031698. Árbol notable que destaca por su biometría y estado de conservación.

  2. Almez de Lugar Nuevo (Serradilla). Especie Celtis australis L.

    Situado junto al núcleo urbano de Villarreal de San Carlos, dentro del Parque Natural de Monfragüe (29SQE545150). Árbol notable por su porte y tamaño. Altura total 15 m, perímetro del tronco a 1,30 m 5 m.

  3. Madroña de Guilarroblanco (Pinofranqueado). Especie Arbutus unedo L. Situado en el valle de Guijarroblanco en el punto 29TQE224692. Este ejemplar puede considerarse monumental por su tamaño con 10 m de altura y 4,70 m de perímetro a 1,30 m.

  4. Olmeda de Los Baselisos (Maguilla), Parque Municipal Las Vegulilas. Especie Ulmus minor Miller. Una de las pocas olmedas de la Península Ibérica que no se ha visto afectada por la grafiosis. En su interior se mantienen entre 200 y 300 individuos con alturas de hasta 15 m. Se localiza en la margen izquierda del Arroyo de la Muda entre los puntos 30STH521498 y 30STH522498, los árboles ocupan una banda de 10 m de anchura desde la margen del arroyo entre estos dos puntos.

    CONSEJERÍA DE FOMENTO

    DECRETO 77/2004, de 18 de mayo, de declaración de urgencia de la ocupación de terrenos para ejecución de las obras de 'Acondicionamiento de la carretera EX-325, de la EX-110 a la EX-303 por Villar del Rey.

    Tramo:Villar del Rey - EX-303'.

    La Consejería de Fomento, tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 26/2003, de 30 de junio, las competencias transferidas del Estado en materia de Carreteras.

    Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, art.

    47 b), correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

    La urgencia viene motivada a fin de solucionar los graves problemas de seguridad vial que...

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