Decreto 114/2010, de 14 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación previstas en el programa de generación del conocimiento del IV Plan Regional de I+D+i, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria de ayudas para el 2010.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Comercio e Innovación
Rango de LeyDecreto

DECRETO 114/2010, de 14 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación previstas en el programa de generación del conocimiento del IV Plan Regional de I+D+i, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria de ayudas para el 2010. (2010040124)

La Constitución Española, en el artículo 44.2, obliga a los poderes públicos a promover la Ciencia y la Investigación Científica y Técnica en beneficio del interés general y así, en el artículo 149.1.15, asigna la competencia exclusiva al Estado en el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, y en el artículo 148.1.17, permite a las Comunidades Autónomas el fomento de la misma, entre otras competencias.

El artículo 7.1.16 del Estatuto de Autonomía de Extremadura (L.O. 1/1983, de 25 de febrero, reformada por la L.O. 12/1999, de 6 de mayo) atribuye competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma en materia de fomento de la investigación científica y técnica, en orden a los intereses de la Región, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.15 de la Constitución.

Por Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio (DOE extraordinario núm. 6, de 2 de julio), por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se crea la Consejería de Economía, Comercio e Innovación. Asimismo, por Decreto del Presidente 19/2007, de 30 de junio (DOE extraordinario núm. 6, de 2 de julio), se crea la Vicepresidencia Segunda de la Junta de Extremadura.

Por Decreto 59/2010, de 12 de marzo (DOE núm. 53, de 18 de marzo), por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, se le asigna, entre otras, la competencia de planificación, dirección y coordinación de las políticas de investigación, desarrollo tecnológico y la innovación de Extremadura, así como la elaboración y dirección de planes para la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación de Extremadura.

Asimismo, por Decreto 28/2010, de 5 de marzo (DOE núm. 45, de 8 de marzo), se crea la Dirección General de Ciencia y Tecnología, asumiendo las competencias asignadas a la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información y la Dirección General de Innovación y Competitividad Empresarial, entre las que se encuentran las de planificación, dirección y coordinación de las políticas de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

En consecuencia, y en virtud de cualquier modificación de la estructura orgánica que pudiera surgir a lo largo de la vigencia del presente decreto, la Consejería y la Dirección General que asuma las competencias de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, tendrá las funciones que este decreto atribuye a la Consejería de Economía, Comercio e Innovación y a la Dirección General de Ciencia y Tecnología, respectivamente.

El IV Plan Regional de I+D+i (2010-2013) (IV PRI+D+i), fue firmado el 24 de marzo de 2010 por la Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Comercio e Innovación y los representantes de los Agentes Sociales, y da continuidad a la planificación de una política

científica y tecnológica que se inició en 1998 con la aprobación del I PRI+DT. Desde entonces se han ido cubriendo diversas etapas con el objetivo de desarrollar el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), como un Sistema propio, capaz de contribuir eficazmente al crecimiento económico y a la creación de empleo, así como al impulso de la competitividad empresarial, el desarrollo socioeconómico regional y, en definitiva, a la mejora de las condiciones de vida de los extremeños.

Con los anteriores periodos de programación, partiendo de la definición inicial del Sistema y del afloramiento de los recursos de I+D entonces existentes, se han cubierto objetivos parciales de crecimiento del Sistema, de la mejora de su calidad y de la estructuración interna del mismo, buscando sinergias en la actuación conjunta entre los distintos Agentes que lo integran.

La planificación regional de la I+D+i realizada a lo largo de todo este periodo ha contribuido a la transformación del Sistema. La situación actual de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en Extremadura son fruto del constante avance proporcionado por los sucesivos Planes Regionales de I+DT. No obstante, es preciso que continúen las acciones encaminadas a incrementar la dimensión del SECTI, mejorar su nivel de excelencia y adecuarlo a las necesidades que, en este ámbito, tiene la sociedad extremeña.

Por todo ello, el IV PRI+D+i (2010-2013) recoge objetivos de los Planes previos que deben ser fortalecidos y fija otros nuevos, todos ellos en concordancia con los Ejes Estratégicos de Desarrollo del SECTI, estableciéndose por parte de la Junta de Extremadura una serie de programas e instrumentos de apoyo que dinamicen las actividades de los distintos Agentes del Sistema para alcanzar los objetivos que en diferentes niveles recoge el sistema de indicadores del IV Plan Regional de I+D+i.

Con el IV PRI+D+i se pretende, de manera específica, reforzar la participación del sector privado en las actividades de I+D+i, y para ello, se ponen en marcha nuevos instrumentos que fomenten la participación de las empresas en estas actividades así como el incremento de las relaciones entre los Grupos de Investigación y las empresas, prestando una especial atención a la transferencia de los conocimientos que el Sistema es capaz de generar.

Por otra parte, se tiende hacia la optimización de los recursos invertidos en las actividades de I+D+i, tanto en lo relativo a los centros e infraestructuras disponibles, como en las acciones individuales. En este sentido, resultan fundamentales los instrumentos dirigidos a la estructuración e integración de los distintos Agentes del Sistema, la realización de contratos-programas con centros y grupos y la intensificación de las actividades de evaluación ex-post, basadas en indicadores de resultados previamente establecidos.

La captación de recursos fuera de nuestro Sistema por los Agentes del Sistema Extremeño resultará fundamental para hacerlo crecer y, en este sentido, se ponen en marcha acciones para fomentar la masa crítica y la capacidad competitiva de los Grupos de Investigación y de las empresas.

El IV PRI+D+i se estructura en cinco Programas de Actuación, cada uno de los cuales está dotado de instrumentos que impulsan acciones tendentes a la consecución de los objetivos del Plan. El segundo de estos Programas es el Programa de Generación del Conocimiento y con él se pretende impulsar la generación de conocimientos, que posteriormente puedan ser transferidos a los correspondientes sectores socioeconómicos regionales.

Con el presente decreto se pretende sentar las bases reguladoras de los distintos instrumentos previstos dentro del Programa de Generación del Conocimiento del IV PRI+D+i. En concreto, se establecen ayudas para la consolidación y apoyo de los Grupos de Investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura, se ofrece financiación para la realización de proyectos de investigación, desde los de Promoción General del Conocimiento hasta los de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico, y se impulsa la realización de proyectos consorciados entre Grupos de Investigación y empresas privadas en sectores estratégicos para la economía extremeña.

El decreto posibilita la presentación telemática de las solicitudes de las distintas ayudas recogidas en el mismo. La presentación telemática se realizará de conformidad con las estipulaciones contenidas en el Decreto 2/2006, de 10 de enero, por el que se crea el Registro Telemático, se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas, así como el empleo de la firma electrónica reconocida por la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, reconociendo el derecho de los ciudadanos de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos y regula aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa. Además se tendrá en cuenta el régimen jurídico de la sede electrónica de la administración extremeña, según lo dispuesto en el Decreto 75/2010, de 18 de marzo, por el que se crea la Sede Electrónica Corporativa, se regulan determinados aspectos relativos a la identificación y autentificación electrónica y se establecen medidas para la copia electrónica de documentos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Para la consecución de dichos objetivos se aprueba el Plan de Impulso de la Mejora Continua y Modernización Tecnológica que es la herramienta con la que la Administración extremeña aspira a convertirse en una organización con medios tecnológicos del máximo nivel, con equipos humanos orientados a la consecución de objetivos, con un nivel adecuado de conocimiento e interacción sobre los ciudadanos, empresas y organizaciones públicas y privadas, permanentemente pendiente de los resultados alcanzados y dispuesta a mejorarlos, y preparada para la toma eficiente de decisiones.

La gestión de las ayudas previstas en el decreto se realizará de conformidad con los principios generales establecidos en el artículo 8.3 de la...

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