Decreto 160/2013, de 27 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la implantación del Programa de Apoyo Socioeducativo REMA (Refuerzo, Estímulo y Motivación para el Alumnado) en centros educativos privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

DECRETO 160/2013, de 27 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la implantación del Programa de Apoyo Socioeducativo REMA (Refuerzo, Estímulo y Motivación para el Alumnado) en centros educativos privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria. (2013040181)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se inspira entre sus principios en la calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y características, así como en la equidad que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, y también en el esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.

El reto para la sociedad actual es la búsqueda de una educación de calidad y equidad que asegure que la universalización de la educación vaya unida a la generalización de las posibilidades de éxito educativo para todo el alumnado.

Así, la educación entendida como un elemento compensador de las desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales o étnicos, debe contemplar la atención a la diversidad como un elemento fundamental para conseguir que el alumnado adquiera y desarrolle las competencias básicas al finalizar la enseñanza obligatoria. Por ello, es fundamental afrontar la situación de los centros educativos que reciben alumnado en situación de desventaja socioeducativa, derivada de los factores anteriormente descritos, para el que los recursos y las actuaciones que desarrollan se muestran insuficientes dada la complejidad y heterogeneidad de las situaciones a las que se enfrentan. Se requieren, por tanto, actuaciones complementarias de apoyo socioeducativo que permitan incrementar el nivel de rendimiento y éxito educativo y disminuir los factores que inciden en el fracaso escolar abocando en muchas ocasiones al abandono de los estudios sin obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria.

En el ámbito regional, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, en su artículo 10, señala que "el sistema educativo extremeño garantizará una educación de calidad que, desde la equidad y respeto a las capacidades individuales, persiga la universalización del éxito educativo del alumnado a fin de lograr su máximo desarrollo personal, profesional social, intelectual y emocional". Además, en su artículo 11.4, señala que "Los centros educativos desarrollarán el currículo y organizarán sus recursos con el fin de facilitar la consecución de las competencias básicas y el logro de los objetivos de la etapa, mediante un enfoque inclusivo que favorezca la igualdad de oportunidades y la formación integral".

La Comunidad Autónoma de Extremadura asume el compromiso de impulsar actuaciones para que el derecho a la educación sea disfrutado por todo el alumnado en igualdad de oportunidades, apostando por desarrollar un programa regional de apoyo socioeducativo. Dicho programa pretende ofrecer, en el entorno de la escuela y en horario extraescolar, por una parte, recursos y acciones adicionales que el alumnado en situación de desventaja socioeducativa no encuentra siempre en su contexto familiar y social, que se manifiestan de manera notable cuando está fuera del horario escolar, y que los niños y jóvenes necesitan para conseguir el éxito educativo; y, por otra parte, actuaciones de colaboración con el contexto familiar que potencien tanto su implicación y formación en el proceso educativo de sus hijos, como su participación en las actividades del centro.

En definitiva, se trata de que los centros educativos, considerando su entorno socioeconómico y cultural, creen espacios educativos orientados a mejorar el proceso educativo y las expectativas de éxito académico y social del alumnado en situación de desventaja socioeducativa, a través de la planificación de acciones educativas complementarias en horario extraescolar, destinadas también al contexto familiar.

Por todo ello, con el objeto de que los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que escolarice alumnado en situación de desventaja socioeducativa derivada de factores sociales, económicos, culturales o étnicos, con necesidad específica de apoyo educativo, puedan poner en marcha este programa, la Consejería de Educación y Cultura establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiarlo y realiza la primera convocatoria.

Por último, razones de urgencia y eficacia en el cumplimiento de la finalidad de la subvención hacen preciso la inclusión en el presente cuerpo normativo de la primera convocatoria, de conformidad con lo previsto en la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En razón a lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 27 de agosto de 2013,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar el desarrollo en los centros docentes privados concertados que impartan Educación Primaria y Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura del Programa de Apoyo Socioeducativo REMA articulado para promover actuaciones educativas complementarias de carácter compensador en relación con el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de factores sociales, económicos, culturales o étnicos.

Artículo 2 Definición y características del programa.
  1. El Programa REMA está destinado a incrementar el nivel de rendimiento y éxito educativo, así como a disminuir los factores que inciden en el fracaso escolar del alumnado que se encuentra en situación de desventaja socioeducativa derivada de factores sociales, eco-

    nómicos, culturales o étnicos, a través de actuaciones complementarias de apoyo socioeducativo destinadas tanto al alumnado como al contexto familiar.

  2. Este programa tiene carácter plurianual y se desarrollará de forma continua durante dos cursos académicos. Pretende el desarrollo por parte de los centros educativos, de acuerdo con su entorno socioeconómico y cultural, de espacios educativos orientados a mejorar el proceso educativo y las expectativas de éxito académico, personal y social del alumnado escolarizado en 3.º, 4.º, 5.º y 6.º de educación primaria, y 1.º, 2.º y 3.º de educación secundaria obligatoria en situación de desventaja socioeducativa con desfase curricular que genere riesgo para su permanencia y promoción en el sistema educativo. Dichos espacios se crearán a través de la planificación e implementación de acciones educativas complementarias que consistirán en el desarrollo de actividades de apoyo en un espacio adecuado dentro del mismo centro.

  3. Las acciones complementarias de apoyo socioeducativo se desarrollarán en horario extraescolar por parte de profesorado de apoyo externo contratado al efecto y no perteneciente al claustro de profesores del centro, buscando la coherencia con las actividades escolares, generando espacios de reflexión compartida que fomenten la participación del profesorado del centro, de las familias del alumnado y de otros agentes del entorno que participen en el programa.

  4. El equipo directivo, directamente y a través del coordinador docente, se responsabilizará del desarrollo del programa. Esto conlleva contribuir a la organización e integración del programa en el funcionamiento ordinario del centro educativo y colaborar con la Administración educativa en la evaluación que ésta realice del programa.

    Corresponde al equipo directivo el diseño, organización y seguimiento del programa, contando con la participación de los equipos docentes y el profesorado de apoyo externo.

    El director del centro educativo designará un coordinador docente, de entre el profesorado del claustro, que ejerza funciones de coorganizador del programa, así como de supervisión y coordinación del profesorado de apoyo externo con el equipo educativo del centro, el contexto familiar y otros agentes del entorno que participen en el programa. En cualquier caso las funciones y atribuciones del coordinador docente del programa serán aquellas que se establezcan en las instrucciones de organización y funcionamiento para el desarrollo del programa.

  5. El programa de apoyo socioeducativo REMA se estructura en tres ámbitos, siendo preceptivo trabajar todos ellos de manera...

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