DECRETO 57/1998, de 5 de mayo, por el que se crea el Servicio Regional de Sociedades Cooperativas y Laborales y se modifica el Decreto 76/1995, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Trabajo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 57/1998, de 5 de mayo, por el que se crea el Servicio Regional de Sociedades Cooperativas y Laborales y se modifica el Decreto 76/1995, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Trabajo.

La reciente aprobación en la Asamblea de Extremadura de la Ley de Sociedades Cooperativas y la conveniencia de llevar a cabo una gestión integral de estas Sociedades, conforme al proyecto acordado en el Consejo de Gobierno extraordinario celebrado a comienzos del presente ejercicio, aconsejan la creación de un Servicio Regional que, integrado en la Dirección General de Trabajo, lleve a cabo la gestión administrativa de la calificación, inscripción y certificación registrales, así como las funciones y servicios de asesoramiento, asistencia, control y fomento de cooperativas y sociedades laborales.

La creación de este nuevo servicio se enmarca, por tanto, dentro de una renovada atención e impulso que la Junta de Extremadura quiere dar a las sociedades cooperativas y laborales como entidades que favorecen el desarrollo económico y empresarial de sus miembros, impulsan la creación de empleo y fomentan la solidaridad, configurando un crecimiento económico más humano y atento a las necesidades y exigencias de orden social.

La creación de este servicio hace necesario modificar la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Trabajo para determinar con claridad cuáles son las funciones y servicios que corresponden a la Dirección General de Trabajo y cuáles los que deben ser ejercidos por la Dirección General de Empleo y Formación Ocupacional a la que, por otra parte, han de atribuirse las funciones y servicios en materia de gestión de la formación profesional ocupacional traspasados a la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante el Real Decreto 2024/1997, de 26 de diciembre, y que han sido asignados a la Consejería de Presidencia y Trabajo por el Decreto del Presidente 1/1998, de 22 de enero.

En su virtud, a iniciativa y propuesta de la Consejería de Presidencia y Trabajo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 5 de mayo de 1998,

D I S P O N G O

ARTICULO 1 º - Se crea, adscrito a la Dirección General de Trabajo, la unidad administrativa denominada 'Servicio Regional de Sociedades Cooperativas y Laborales', que ejercerá las siguientes funciones:
  1. Las actuaciones jurídico...

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