Resolución de 30 de junio de 2014, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se canaliza la subvención prevista nominativamente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2014, a favor del Ayuntamiento de Arroyomolinos para la prestación del servicio de información turística en la localidad referida.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2014, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se canaliza la subvención prevista nominativamente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2014, a favor del Ayuntamiento de Arroyomolinos para la prestación del servicio de información turística en la localidad referida. (2014061437)

Habiéndose firmado el día 23 de mayo de 2014, el Convenio por el que se canaliza la subvención prevista nominativamente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2014, a favor del Ayuntamiento de Arroyomolinos para la prestación del servicio de información turística en la localidad referida, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

R E S UE L V O :

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figura como Anexo de la presente resolución.

Mérida, a 30 de junio de 2014.

La Secretaria General,

PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 de agosto), M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

CONVENIO POR EL QUE SE CANALIZA LA SUBVENCIÓN PREVISTA NOMINATIVAMENTE EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2014, A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN TURÍSTICA EN LA LOCALIDAD REFERIDA

En la ciudad de Mérida, a 23 de mayo de 2014.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Víctor Gerardo del Moral Agúndez, en su condición de titular de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación de Territorio y Turismo de la Junta de Extremadura, nombrado por Decreto del Presidente 19/2011, de 8 de julio (DOE extra. n.º 2, de 9 de julio de 2011).

Y de otra, D. Antonio Solís Balset, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Arroyomolinos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.2 d) y 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

Las partes intervinientes se reconocen capacidad, representación y legitimación para suscribir este Convenio y asumir los cargos, obligaciones y derechos derivados del mismo y, en su virtud,

E X P O N E N :

Primero. El Estatuto de Autonomía establece en su artículo 9.1.19 que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en materia de turismo, competencia atribuida a la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo, de conformidad con el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, (DOE Extra. n.º 2, de 9 de julio), por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. La Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo, persigue entre sus objetivos la contribución al sostenimiento y difusión de los recursos turísticos de la región, como medio para fomentar el turismo en Extremadura. Las distintas actuaciones promocionales que se llevan a cabo en aras de este objetivo, han de responder a las especiales características de los variados mercados sobre los que se pretende incidir y a la diversidad de la oferta turística.

La Ley de 2/2011, de 31 de enero, de Desarrollo y Modernización del Turismo de Extremadura recoge en su artículo 6 letra b) que corresponde a los Ayuntamientos, sin perjuicio de las competencias establecidas por la legislación de régimen local, las siguientes atribuciones en materia de turismo:

"b) Promover y fomentar los recursos, actividades, fiestas u otros aspectos en relación con el turismo que sean de su interés en coordinación con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura competente en la materiaŽ.

Este hecho hace aconsejable establecer cauces de colaboración con los municipios, entidades que, conscientes de la importancia de este sector, han venido demostrando su compromiso con el fenómeno turístico.

Tercero. Las Oficinas de Turismo prestan un servicio fundamental que incide en el grado de satisfacción del visitante. La maduración y progresiva profesionalización de esta actividad...

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