Resolución de 4 de octubre de 2013, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y el Instituto Nacional de Administración Pública, para el desarrollo conjunto de acciones de formación.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyResolución

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2013, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y el Instituto Nacional de Administración Pública, para el desarrollo conjunto de acciones de formación. (2013061696)

Habiéndose firmado el día 16 de septiembre de 2013 Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y el Instituto Nacional de Administración Pública, para el desarrollo conjunto de acciones de formación, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.º del Decreto 1/1994, de 25 de enero, sobre creación y funcionamiento del Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figura como Anexo de la presente resolución.

Mérida, a 4 de octubre de 2013.

La Secretaria General

PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación. (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 de agosto), M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, PARA EL DESARROLLO CONJUNTO DE

ACCIONES DE FORMACIÓN

Madrid, 16 de septiembre de 2013

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno, Consejero de Administración Pública de la Junta de Extremadura, nombrado por Decreto del Presidente 17/2011, de 8 de julio, de conformidad con el artículo 53.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, autorizado para la suscripción del presente instrumento mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno en su sesión del día 21 de mayo de 2013.

De otra parte, D. Manuel Arenilla Sáez, nombrado Director del Instituto Nacional de Administración Pública (en adelante, INAP) por la Orden HAP/1370/2012, de 7 de junio (Boletín Oficial del Estado número 152, de 26 de junio), en representación de dicho organismo y en virtud de las competencias que le atribuye el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del INAP.

Las partes se reconocen capacidad jurídica y competencia suficiente para formalizar el presente convenio de colaboración y, al efecto,

EXPONEN

  1. Que la Consejería de Administración Pública de la Junta de Extremadura, a través de la Escuela de Administración Pública, adscrita a la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección, está interesada en articular sus Planes Formativos para la formación de los empleados públicos contando con la colaboración y asesoramiento del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), que contribuirá en la ejecución de un programa formativo de innovación pública en diferentes especialidades y destrezas laborales.

  2. Que en base al art. 49.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, de Gobierno y Administración de Extremadura, la Junta de Extremadura podrá celebrar convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias.

  3. El INAP es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la Dirección General de la Función Pública, al cual le corresponde, en el ámbito de sus competencias, la colaboración y la cooperación en actividades formativas con las escuelas, institutos y centros de formación de empleados públicos de las comunidades autónomas y de las entidades de la Administración local, así como de sus asociaciones, así como la realización de estudios e investigaciones multidisciplinares sobre las instituciones del Estado, de las Administraciones Públicas y de la función pública, con especial atención a las materias relacionadas con la Administración local. Esta función podrá realizarse mediante la colaboración con universidades, fundaciones y demás instituciones públicas y privadas que puedan contribuir al desarrollo del conocimiento sobre este campo temático.

  4. Asimismo, entre los objetivos del INAP para el período 2012-2015 se encuentra el fortalecimiento de las alianzas con todos los agentes que intervienen en los procesos de enseñanza-aprendizaje; el fomento de la innovación, o el establecimiento de programas conjuntos que permitan mejorar la eficacia en la gestión de los recursos formativos.

  5. Por ello, teniendo en cuenta la coincidencia de objetivos de las dos entidades, en el marco de sus fines y competencias, consideran de interés establecer un instrumento de colaboración para el desarrollo conjunto de programas, actuaciones y proyectos a los que expresamente se refiere el objeto del presente convenio.

  6. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con lo anteriormente expuesto, las partes

ACUERDAN

Primera. Objeto.

El objeto del presente convenio es el establecimiento de un marco de colaboración entre el INAP y la Junta de Extremadura para el estudio, investigación y mejora del ejercicio de la Función Pública, elaborando un sistema de información de indicadores sociales y ejecutando un programa formativo de innovación pública, para propiciar un espíritu innovador entre los empleados públicos extremeños al servicio de la sociedad.

Los programas y actuaciones han sido creados por el INAP, al que pertenece la titularidad de todos los derechos inherentes a ellos tales como nombre, diseño, metodología y documentación, entre otros, así como su propiedad comercial e industrial, reservándose el INAP su utilización.

El programa conllevará las siguientes actuaciones:

- Itinerarios formativos para todos los niveles del empleo público extremeño, basado en la serie INNAP INNOVA del Instituto Nacional de Administración Pública, alguno de los siguientes campos: equipos innovadores y actitud innovadora; intraaprendizaje público; open data; formación innovadora; ciudadanía en red; gestores del conocimiento; innovación social; innovación administrativa; Innovación normativa; innovación directiva.

- Oficina técnica para la realización de un sistema de evaluación de competencias innovadoras del personal que solicite participar en el programa, como paso necesario para la "toma de conciencia" de las propias áreas de mejora, además del estilo de aprendizaje y del impacto de sus actuaciones en los resultados de la organización. Estos parámetros son los que van a permitir el enfoque específico de su desarrollo y la asignación de módulos formativos requeridos.

- Creación de un sistema de información para la elaboración de indicadores sociales y de la Administración pública extremeña para reordenar el sistema de formación e innovación social de la Junta de Extremadura.

Lo expuesto se entiende sin perjuicio, en su caso, de los derechos de propiedad intelectual de las personas que intervengan en el desarrollo de las materias que impartan, que las partes reconocen y amparan con sujeción a la legislación aplicable.

Segunda. Obligaciones de las partes.

Siendo un fin común de ambas Administraciones intervinientes la búsqueda de una mejora continúa de los servicios públicos y entendiendo que ésta sólo se alcanza a través de la detección de necesidades de mejora y la correspondiente implementación de las acciones formativas necesarias, éstas declaran y asumen las obligaciones siguientes:

  1. El Instituto Nacional de Administración Pública será el encargado:

    1. Será responsable de la elaboración y creación del sistema de información y elaboración de indicadores sociales para la reordenación del sistema de información.

    2. De elaborar el programa formativo y aportar los recursos disponibles del Programa "Innap innova", y proceder a la adecuación de los materiales técnicos necesarios para la impartición del programa formativo.

    3. Será responsable de constituir una Oficina técnica de evaluación de competencias y seguimiento del programa, que trabajará con dependencia funcional de la de la Escuela Extremeña de Administración Pública.

  2. La Consejería de Administración Pública, a través de la Escuela Extremeña de Administración Pública, será la responsable de:

    1. La ejecución de las acciones formativas programadas, que se incluirán dentro del Plan de Formación de la EAP, implicando por tanto la contratación y pago de los docentes con cargo a sus presupuestos, así como de poner a disposición del programa los medios técnicos y materiales precisos para el desarrollo de los distintos cursos, que le sarán facilitados por el INAP.

    2. Del pago de 160.000 € al INAP, a cargo de sus presupuestos, en compensación de las obligaciones y aportaciones documentales, intelectuales y materiales asumidas por éste.

  3. Este convenio de colaboración no supone asociación alguna o dependencia entre las partes firmantes, que actuarán de forma absolutamente independiente y autónoma, siendo obligación específica y exclusiva de cada parte cumplir con cuantas obligaciones legales le correspondan en desarrollo de su actividad de acuerdo con la normativa que les resulte de aplicación.

    Tercera. Financiación.

    El presupuesto de este convenio de colaboración será de 160.000 euros, financiado por la Junta de Extremadura y con cargo a la AP 11.03.114C 162.00, CP 200910007000500 de los presupuestos para 2013 de la Junta de Extremadura y destinado a subvenir las obligaciones asumidas por el INAP según se indica en los Anexos I y II. Dicho CP está cofinanciado en un 75 % por el PO FSE 2007-2013 de Extremadura, Prioridad 2 "Fomentar la empleabilidad, la inclusión y la igualdad entre hombres y mujeres", Categoría de Gasto 81 "Mecanismos de mejora de las proyección de políticas y programas adecuados, seguimiento y evaluación a nivel local, regional y nacional y refuerzo de la capacidad de difusión de políticas y programas". A tal efecto, la Junta realizará una transferencia al Instituto Nacional de Administración Pública para...

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