Resolución de 4 de mayo de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del proyecto de carácter asistencial 'Mejora de la salud y humanización de la calidad de vida de los pacientes pediátricos de larga duración'.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del proyecto de carácter asistencial "Mejora de la salud y humanización de la calidad de vida de los pacientes pediátricos de larga duración". (2015060987)

Habiéndose firmado el día 8 de abril de 2015, el Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del proyecto de carácter asistencial "Mejora de la salud y humanización de la calidad de vida de los pacientes pediátricos de larga duración", de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

R E S UE L V O :

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

Mérida, a 4 de mayo de 2015.

La Secretaria General,

PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación. (Resolución de 18/07/2014, DOE n.º 139, de 21 de julio), M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y LA FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD DE EXTREMADURA PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE CARÁCTER ASISTENCIAL "MEJORA DE LA SALUD Y HUMANIZACIÓN DE LA CALIDAD DE VIDA

DE LOS PACIENTES PEDIATRICOS DE LARGA DURACIÓN"

En Mérida, a 8 de abril de 2015.

REUNIDOS

De una parte,

  1. Joaquín García Guerrero, en nombre y representación del Servicio Extremeño de Salud (en adelante SES), con CIF n.º Q06040013, en su calidad de Director Gerente de dicho Organismo, cargo para el que fue nombrado por Decreto 238/2012, de 4 de diciembre (DOE n.º 235, de 5 de diciembre de 2012), y en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud.

    Y de otra,

  2. Javier Lorente Redondo, con DNI 08824624F, actuando en nombre y representación de la Fundación para la Formación y la Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (en adelante FundeSalud), en su calidad de Director Gerente de la misma, nombrado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de febrero de 2013, con CIF GO6427728, y con domicilio en Calle Adriano, 4, 06800, Mérida (Badajoz).

    Intervienen ambos en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción del presente Convenio y en orden al mismo,

    EXPONEN

    PRIMERO. El SES, creado por Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, es un Organismo Autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería competente en materia sanitaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, disponiendo de tesorería propia y facultades de gestión del patrimonio afecto.

    Tiene como funciones, entre otras, la prestación de la asistencia sanitaria, la planificación, organización, dirección y gestión de los centros y de los servicios sanitarios adscritos al mismo, y que operen bajo su dependencia orgánica y/o funcional, así mismo realizará esa mismas funciones en cuanto a la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que le estén asignados para el desarrollo de las funciones que tenga encomendadas.

    SEGUNDO. FundeSalud es una fundación del sector público extremeño sin ánimo de lucro, constituida por la Junta de Extremadura en virtud de Decreto 62/2004, de 20 de abril, que forma parte del Sistema Sanitario Público de Extremadura y que tiene entre sus fines el desarrollo de proyectos en el ámbito de la Salud y afines; y el fomento de las estrategias de calidad en los servicios de salud a través del desarrollo de proyectos, programas, y cualquier ti-

    po de intervención encaminada a mejorar la capacitación y la investigación de los profesionales de la salud en esta materia.

    Para la consecución de los fines mencionados FundeSalud realizará, entre otras, la organización, gestión y control de proyectos de carácter asistencial, dirigidos a la mejora de la salud de los ciudadanos, la satisfacción de los profesionales de la salud y el fortalecimiento de las instituciones; y la promoción de la participación de los profesionales de la salud de Extremadura en proyectos que redunden en la mejora de los sistemas de gestión...

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