Resolución de 2 de agosto de 2016, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 67/2016, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que desestima el recurso de apelación n.º 26/2016 interpuesto contra la sentencia n.º 188/2015, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Badajoz, que se dictó en el procedimiento abreviado n.º 233/2015.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorServicio Extremeño de Salud
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2016, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 67/2016, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que desestima el recurso de apelación n.º 26/2016 interpuesto contra la sentencia n.º 188/2015, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Badajoz, que se dictó en el procedimiento abreviado n.º 233/2015. (2016061205)

La sentencia n.º 67/2016, de 14 de abril, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, desestima el recurso de apelación n.º 26/2016, interpuesto por el Letrado de la Junta de Extremadura en nombre y representación del Servicio Extremeño de Salud, contra la sentencia n.º 188/2015, de 17 de diciembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Badajoz, que se dictó en el procedimiento abreviado n.º 233/2015. Todo ello con ocasión del recurso contencioso-administrativo promovido por D.ª Pilar Valero Gómez contra la Resolución desestimatoria de 27 de agosto de 2015 del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, de 9 de junio de 2015, por la que se hizo pública la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo convocado por Resolución de 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Técnicos, en la Categoría de Auxiliar de Enfermería, en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.

Para cumplir con lo dispuesto en las referidas sentencias se le dio traslado de las mismas al Tribunal de Selección para que procediese a la valoración de los cursos a los que se refiere el suplico de la demanda, conforme al baremo previsto en el Anexo V de la convocatoria.

En cumplimiento de la citada sentencia, el Tribunal de Selección del proceso selectivo, según consta en el informe emitido al respecto con fecha 10 de mayo de 2016, acuerda, tras la valoración de los tres cursos a los que hace referencia el suplico de la demanda en el subapartado b) de "otra formación" del apartado de "formación", otorgar a D.ª Pilar Valero Gómez una puntuación total en dichos cursos de 5,700 puntos que añadidos a los 0,39 ya otorgados en dicho subapartado suman un total de 6,09 puntos, y por tanto otorgándole un total de 6,000 puntos que es el máximo previsto en la convocatoria para este subapartado.

Por todo ello, teniendo en cuenta...

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