DECRETO 98/2009, de 30 de abril, por el que se regulan las bases del programa de ayudas al deportista escolar de Extremadura.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Mayo de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de los Jóvenes y del Deporte
Rango de LeyDecreto

En el Estatuto de Autonomía de Extremadura se establece la competencia en materia de promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio.

La Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, acoge entre sus principios y disposiciones que corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ámbito de sus competencias, el promover el deporte de competición y de alto nivel, junto a la difusión del deporte extremeño en los ámbitos estatal e internacional.

La misma Ley, también acoge entre sus principios y disposiciones que corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la promoción y el desarrollo del deporte en todos los ámbitos educativos y sociales, prestando especial atención al carácter formativo del deporte en edad escolar.

El denominado deporte en edad escolar es la base y fundamento del desarrollo deportivo y por ello es necesario prestar especial atención al mismo, potenciando y facilitando su práctica.

En la edad escolar se inicia la cultura de la práctica deportiva y se incentivan los valores inherentes a la misma. Los jóvenes participan en los diferentes campeonatos de las especialidades deportivas que conforman el calendario de los denominados Juegos Escolares en su diferente ámbito territorial e inician un itinerario de "jóvenes campeones".

Con tal motivo, la Junta de Extremadura lleva a cabo actuaciones como la presente, que incentivan a los extremeños a alcanzar un nivel deportivo destacado teniendo muy en cuenta los aspectos vinculados a la formación académica de nuestros futuros deportistas.

En su virtud, de conformidad con el artículo 90.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de los Jóvenes y del Deporte y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 30 de abril de 2009,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y efectos.
  1. El presente Decreto tiene por objeto promocionar y potenciar la práctica deportiva de los estudiantes de cualquier curso de Educación Secundaria Obligatoria que, individual o colectivamente, participan en cualquiera de las especialidades que conforman los Juegos Deportivos Extremeños, en las categorías Infantil, Cadete y Juvenil, llevando a cabo una regulación normativa del régimen de acceso a las ayudas en especie que para ellos otorgue anualmente la Consejería de los Jóvenes y del Deporte.

  2. Tiene los siguientes objetivos:

    - Distinguir a aquellos deportistas en edad escolar que realicen con mayor brillantez su participación en los Juegos Deportivos Extremeños, en base al resultado deportivo logrado y al expediente académico obtenido.

    - Recompensar mediante una asignación en especie los méritos basados en el esfuerzo deportivo y el trabajo académico.

  3. Los efectos que se pretenden conseguir con su aplicación son los siguientes:

    Concienciar a los jóvenes deportistas de la importancia de compatibilizar formación académica y carrera deportiva, ya que tras la llegada o no a la alta competición existe, con simultaneidad o posterioridad, una necesaria incorporación al mundo laboral.

    Propiciar unas mejores condiciones de desarrollo y preparación personal al deportista.

  4. El plazo necesario para la consecución de los objetivos expuestos será anual, mientras que los efectos deseados, generalmente, deben conseguirse a largo plazo sin descartarse el corto plazo en casos específicos.

  5. Los costes previsibles del presente Decreto contarán con los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura como principal fuente de financiación.

Artículo 2 Requisitos de los solicitantes.
  1. Ser español nacido en Extremadura u ostentar la condición de extremeño en el sentido que regula el Estatuto de Autonomía.

  2. Tener licencia deportiva Judex en el año al que corresponda la convocatoria, sin perjuicio de la que expida la correspondiente Federación Deportiva Extremeña de la modalidad deportiva en la que participa.

  3. No encontrarse sancionado por infracciones firmes graves o muy graves en disciplina deportiva.

  4. Cursar estudios de Educación Secundaria Obligatoria, en el año al que corresponda la convocatoria, en algún Centro de Enseñanza de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  5. Haber participado, en el año al que corresponda la convocatoria, en algunas de las siguientes categorías deportivas de los Judex: Infantil, Cadete o Juvenil.

Artículo 3 Convocatori...

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