Decreto 267/2009, de 18 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 75/2009, de 3 de abril, por el que se establecen las normas reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos híbridos y primera convocatoria.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Industria, Energía y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 75/2009, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su sesión de 3 de abril, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos híbridos, estableciéndose al mismo tiempo la primera convocatoria para tal fin. Su objetivo básico es establecer el régimen de concesión de ayudas para la adquisición de vehículos de tecnología híbrida, que disminuyan el sobrecoste de estos vehículos en relación con los de diseño y motorización tradicional. Estas ayudas se fundamentan en la aplicación del Convenio Marco de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y el IDAE, para la definición y puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción 2008-2012 (PAE4+), de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España, firmado el 3 de noviembre de 2008.

El procedimiento establecido para la concesión de las subvenciones definidas en dicho Decreto es el de concesión directa, a través de convocatoria abierta o no periódica en base a la existencia de razones de interés público y medio ambientales que llevan implícita las mismas. El procedimiento se iniciara de oficio por convocatoria pública mediante Orden del titular de la Consejería con competencias en materia de energía, en la que se establecerá la duración de la convocatoria.

Finalizada la 1.ª convocatoria el pasado 31 de octubre, y como paso previo a la apertura de la próxima, se ha estimado conveniente introducir determinadas modificaciones puntuales en el Decreto citado con la finalidad de clarificar determinados aspectos, facilitando así la tramitación y resolución de las solicitudes de ayudas para la adquisición de vehículos de tecnología híbrida.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Industria, Energía y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su sesión de 18 de diciembre de 2009,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 75/2009, de 3 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos híbridos y primera convocatoria.

Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 2, que queda redactado de la siguiente manera:

"1. Podrán obtener la condición de beneficiarios, las personas físicas, sociedades anónimas y limitadas, cooperativas, entidades locales y...

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