Decreto 59/2012, de 13 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2012.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Rango de LeyDecreto
NÚMERO 75
Jueves, 19 de abril de 2012 8021
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO
AMBIENTE Y ENERGÍA
DECRETO 59/2012, de 13 de abril, por el que se establecen las bases
reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a la primera
instalación de jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2012.
(2012040065)
El Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayu-
da al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), mo-
dificado por el Reglamento (CE) n.º 74/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, y el
Reglamento (CE) n.º 1974/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, que estable-
ce las disposiciones de aplicación del citado Reglamento (CE) n.º 1968/2005, constituyen el
marco jurídico básico de las acciones comunitarias a favor de un desarrollo rural sostenible,
previéndose, entre otras, ayudas a los jóvenes agricultores para facilitar tanto su instalación
inicial como el ajuste estructural de sus explotaciones tras su instalación.
En el ámbito de la Administración General del Estado, en el nuevo período de programación
2007-2013, la medida de apoyo a la primera instalación de jóvenes agricultores está consi-
derada prioritaria y se le atribuye un carácter horizontal en el Marco Nacional de Desarrollo
Rural 2007-2013 como elemento clave para el relevo generacional, fijar población en el me-
dio rural y asegurar su futuro.
Por otra parte, esta actuación se incluye en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura
2007-2013, dentro del Eje 1 “Aumento de la Competitividad del Sector Agrícola y Forestal”
como Medida 1.1.2 “Instalación de Jóvenes Agricultores”, cofinanciada por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural, la Administración General del Estado y Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Por Decreto 105/2007, de 22 de mayo (DOE n.º 59 de 24 de mayo), y Decreto 72/2009, de
27 de marzo (DOE n.º 65 de de 3 de abril) se han establecido las bases reguladoras y nor-
mas de aplicación del régimen de ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores en
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La aprobación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, ha supuesto importantes cambios en el ordenamiento jurídico regulador de
las medidas de fomento en nuestra Región. Esta nueva Ley contempla en el apartado 2 de su
disposición transitoria, la obligatoriedad de adaptar las bases reguladoras de concesión de
subvenciones, establecidas antes de su entrada en vigor, a sus previsiones antes de realizar
nuevas convocatorias.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto se hace necesario adaptar las bases reguladoras
de esta medida a la nueva Ley 6/2011, posibilitando así la convocatoria de estas ayudas, to-
do ello con el fin de facilitar e impulsar la primera instalación de jóvenes agricultores en nues-
tra Comunidad Autónoma.
En virtud de lo expuesto, vista la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de conformidad con la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
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Extremadura, en uso de las atribuciones conferidas en materia de agricultura por el artículo
9.1.12 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redac-
ción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, a propuesta del Consejero de Agri cul -
tura, Desarrollo Rural Medio Ambiente y Energía y previa deliberación del Consejo de Gobierno
en sesión celebrada el día 13 de abril de 2012,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras, en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, del régimen de ayudas a la primera instalación de jóvenes agri-
cultores conforme al Reglamento 1698/2005, modificado por el Reglamento 74/2009 y en el
marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura (FEADER) 2007-2013 y convocar es-
tas ayudas para el año 2012.
A los efectos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se consideran Plan Estratégico de
la presente línea de ayuda, el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura (FEADER) 2007-
2013.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Las bases reguladoras que se establecen en el presente Decreto serán de aplicación al régi-
men de ayuda a la primera instalación de jóvenes agricultores contemplado en el Marco
Nacional y en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2007-2013, Medida 1.1.2
“Instalación de Jóvenes Agricultores”.
Artículo 3. Definiciones.
A los efectos del presente Decreto serán de aplicación las definiciones establecidas en el ar-
tículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, sin
perjuicio de las modificaciones sufridas por normas posteriores, y las previstas tanto en el
Marco Nacional como en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura (FEADER) 2007-
2013.
Artículo 4. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de la subvención a la instalación de jóvenes agricultores, aquellas
personas físicas que no hayan sido titulares de una explotación agraria que ocupe al menos
una Unidad de Trabajo Agrario (UTA), y se instalen por primera vez en una explotación agra-
ria prioritaria como jefe de la misma, conforme a las condiciones definidas en el artículo si-
guiente de este Decreto.
Artículo 5. Requisitos de los beneficiarios.
a) No haber sido titular de una explotación agraria, que ocupe un volumen de trabajo de al
menos una UTA, antes del uno de enero del año de la convocatoria.
b) Tener dieciocho años cumplidos y no haber cumplido los cuarenta en el momento de la
solicitud.

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