DECRETO 147/2004, de 28 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional promovido por la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología consistente en la reclasificación de suelo urbanizable a suelo urbano y en la recalificación como equipamiento genérico del terreno situado en el p.k. 41+900 de la carretera ...

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE FOMENTO

DECRETO 147/2004, de 28 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional promovido por la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología consistente en la reclasificación de suelo urbanizable a suelo urbano y en la recalificación como equipamiento genérico del terreno situado en el p.k. 41+900 de la carretera N-521 que une las localidades de Cáceres y Trujillo, terreno situado en la Finca 'El Cuartillo' para la construcción de nuevo Centro de Cirugía de Mínima Invasión en Cáceres.

Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a la Dirección General de Urbanismo,

Arquitectura y Ordenación del Territorio, y debatido el asunto, se observa el cumplimiento de los trámites establecidos en el art.

62.1 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX).

El objeto de las obras pretendidas se encuentra dentro de los previstos en el art. 60.2.b de la LSOTEX.

La aprobación, en su caso, de este proyecto producirá los efectos propios de los planes urbanísticos previsto en el apartado I del art. 79 (art. 62.4 de la LSOTEX).

Visto el dictamen adoptado por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura en sesión del pasado 29 de julio de 2004.

Considerando que, no obstante a la alegación extemporánea cursada por el Ayuntamiento, se considera que la ordenación que contempla el P.I.R. asegura, en todo caso, el adecuado funcionamiento de las obras, así como la conexión de aquéllas a las redes generales (art.

60.3 LSOTEX), sin perjuicio de la posterior aplicación de las previsiones que contempla el último párrafo del art. 61.1.j de la LSOTEX.

En virtud delas competencias asumidas estatutariamente (artículo 7.1.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura), transferidas por el Estado mediante Real Decreto 2912/1979, de 21 de diciembre, corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la adopción del acuerdo de aprobación definitiva de los Proyectos de Interés Regional a que se refieren los arts. 60 y siguientes de la LSOTEX (art. 62.3.b de la citada Ley).

Por todo ello, a propuesta de la Consejera de Fomento y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 28 de septiembre de 2004,

D I S P O N G O

  1. ) Aprobar definitivamente el Proyecto de Interés Regional promovido por la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología consistente en la reclasificación de Suelo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR