Decreto 249/2011, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 177/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional promovido por VIASSA y JOCA INMO, SA, consistente en la urbanización y edificación de un terreno, sito en la finca 'La Calzada', del término municipal de Mérida.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO

DECRETO 249/2011, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 177/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional promovido por VIASSA y JOCA INMO, SA, consistente en la urbanización y edificación de un terreno, sito en la finca "La Calzada", del término municipal de Mérida. (2011040277)

Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos en el mismo, y considerando que las alteraciones propuestas han de ser consideradas como Modificación del Proyecto de Interés Regional a tenor de lo previsto en el párrafo 2 del artículo 67 la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX)y 100.3 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura (RPLANEX), y considerando asimismo que conforme al artículo 130.2 de este último cuerpo legal han de seguirse los mismos trámites prescritos para su aprobación, se observa el cumplimiento de los trámites establecidos en los artículos 62 de la LSOTEX y 115 del RPLANEX.

El objeto de la presente Modificación del Proyecto de Interés Regional aprobado por Decreto 177/2005, de 26 de julio (DOE 02-08-2005), consiste en aumentar el número de viviendas de la parcela RUA-8 de uso residencial unifamiliar adosada y cambiar la tipología de protección pasando de viviendas acogidas al Programa de Protección de Vivienda Media a viviendas acogidas al Régimen de Protección Oficial, reduciendo la superficie útil media por vivienda en dicha parcela.

Conforme a lo previsto en el art. 62.4 de la LSOTEX, la aprobación en su caso, de la Modificación del Proyecto producirá los efectos propios de los planes urbanísticos previstos en el apartado 1 del art. 79 de la LSOTEX.

Visto el informe favorable emitido por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en su sesión de 19 de mayo de 2011, y habiéndose acreditado, por informe técnico de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, el cumplimiento de las condiciones indicadas en aquél.

En virtud de las competencias asumidas estatutariamente (artículo 9.1.32 del Estatuto de Autonomía de Extremadura), transferidas por el Estado mediante Real Decreto 2912/79, de 21 de diciembre, y conforme determina el art. 62.3.b) de la LSOTEX y el artículo 4.2.f) del Decreto 314/2007, de 26 de octubre, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la adopción del acuerdo de aprobación definitiva de los Proyectos de Interés Regional a que se refieren los arts. 60 y siguientes de la LSOTEX.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 16 de septiembre de 2011,

DISPONGO: 1. Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Proyecto de Interés Regional "LA CALZADA", promovida por VIASSA, consistente en aumentar el número de viviendas correspondientes a la parcela RUA-8 y cambio de tipología de protección...

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