DECRETO 113/2008, de 6 de junio, por el que se regula el proceso de participación social para el desarrollo rural en Extremadura, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en la ejecución del citado proceso de participación y se establece la convocatoria para el ejercicio 2008.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Junio de 2008
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorAyuntamiento de Cabezuela del Valle
Rango de LeyDecreto

La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura tiene entre sus objetivos la puesta en marcha y el incremento de la participación ciudadana para un desarrollo rural en la Región. Esta participación ciudadana compondrá de forma importante las metodologías del desarrollo rural reflejadas en la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural y en los Planes de Desarrollo Rural (PDR) que se están poniendo en marcha en todas las regiones europeas, profundizando, en mayor manera, en el método LEADER adoptado por la Comisión Europea e incorporando al mismo a sectores de población no asumidos aún por éste.

El entorno rural de Extremadura acapara al menos el 60% de la población total de la región, confiriéndole a este medio una importancia relevante y por tal motivo el desarrollo de líneas estratégicas de desarrollo rural dirigidas a la población rural son fundamentales para el conjunto de Extremadura. Dentro de estas líneas estratégicas debe estar la participación ciudadana de las personas que integran la comunidad; una participación integral que garantice la cohesión social en las zonas rurales de Extremadura y un equilibrio socioeconómico que permita el desarrollo de las personas que integran la comunidad rural. Para conseguir que el desarrollo rural de la Región sea posible, deben ponerse en funcionamiento las estructuras sociales adecuadas para la participación de la ciudadanía en aquellos temas que influyen directamente para su desarrollo personal, cultural, económico y social. A tal efecto deben crearse foros y estructuras de participación donde la ciudadanía se vea escuchada y atendida por las distintas instituciones públicas y privadas, así como para que se produzcan dentro de estas estructuras de participación el encuentro y la comunicación real entre la propia ciudadanía.

La participación ciudadana para el desarrollo rural supone una garantía para que la ciudadanía tome partido por su propio desarrollo y por el de su territorio; este hábito y motivación para participar deben ser apoyados por las distintas Administraciones con los diferentes recursos y herramientas que poseen en la actualidad.

La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, realiza una apuesta firme por la construcción de un proceso que permita que la ciudadanía adquiera la costumbre, las herramientas y los espacios para ejercer su derecho y su deber de participar en el desarrollo de su comunidad.

El desarrollo y la aplicación de metodologías participativas para el desarrollo rural de Extremadura, supone la común articulación de las estrategias de desarrollo en el territorio. La materialización de políticas de coordinación entre administraciones e instituciones locales, comarcales, provinciales, regionales, nacionales y europeas serán la base que dé solidez al proceso participativo y a la estrategia de desarrollo rural, todas ellas articuladas en el Plan de Desarrollo Rural (PDR) para la Región y en lo que serán los Planes por Zona Rural que

contempla la actual Ley para el desarrollo sostenible del medio rural que está poniendo en marcha el Gobierno Central.

La Unión Europea viene impulsando desde hace tiempo líneas estratégicas y programas para la participación, como han sido las Agendas Locales 21; mediante las cuales se han implementado los esfuerzos para que las administraciones locales, provinciales y regionales realicen ejercicios de organización y estructuración de la participación de la ciudadanía destinadas al desarrollo de propuestas y soluciones a sus problemas cotidianos y de futuro, a medio y largo plazo, relacionados con el desarrollo económico, medio ambiente, la cohesión social y el medio urbano.

La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural reconoce el esfuerzo realizado por la ciudadanía y los/as agentes del territorio en la participación y el diseño de planes estratégicos y de acción de sus zonas, considerándolo como una experiencia útil y adecuada para el desarrollo y profundización de los procesos participativos en el territorio regional, motivo por el cual el presente Decreto pretende recuperar y potenciar el modelo de participación desarrollado en los citados planes como estrategias participativas válidas para la consecución de un desarrollo rural.

Dentro del eje 3 del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2007-2013, "Calidad de vida en las zonas rurales y diversificación de la economía rural", la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales de la Junta de Extremadura pondrá en marcha distintas actuaciones de participación ciudadana cuyo objetivo será el de promover la concepción del medio rural como un espacio de cohesión social así como la integración social, económica y el desarrollo de poblaciones rurales, y que compondrán gran parte del proceso de participación social para el desarrollo rural en la Región.

Para organizar tal participación se crearán unas estructuras estables donde se desarrollarán los procesos de comunicación, debate e intercambios, en definitiva, donde podrá ejercitarse la participación ciudadana de forma organizada.

La constitución y puesta en marcha de estos foros ciudadanos, políticos y técnicos en el ámbito rural, implica una serie de gastos para su gestión y seguimiento, sobre todo para los ciudadanos/as participantes en los mismos, considerándose necesaria la concesión de una línea de financiación que apoye el desarrollo e implantación del proceso de participación en cada territorio.

Por su parte, la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2008, recoge en su artículo 41 las normas en materia de subvenciones y ayudas públicas, disponiendo que las bases reguladoras de las subvenciones se establecerán por Decreto del Consejo de Gobierno.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 6 de junio de 2008,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. El presente Decreto tiene por objeto establecer y poner en marcha un proceso de participación social para el desarrollo rural en Extremadura a través de la creación de estructuras

    estables de participación y la aplicación de una metodología basada en la participación, la cooperación y el compromiso de los ciudadanos, así como establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la puesta en marcha del citado proceso.

  2. Las citadas ayudas estarán destinadas a subvencionar los gastos derivados de la constitución, funcionamiento y seguimiento del proceso de participación social para el desarrollo rural en Extremadura en el ámbito del territorio de actuación de los Grupos de Acción Local y Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura.

CAPÍTULO I Artículos 2 a 6

DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO RURAL

EN EXTREMADURA

Artículo 2 El proceso de participación.
  1. El proceso de participación social para el desarrollo rural de Extremadura consistirá en la creación y puesta en marcha, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de unos órganos o foros diseñados para la participación del conjunto de la ciudadanía.

    2 La articulación de la participación girará entorno a los órganos de participación que se creen de acuerdo con lo regulado en el presente Decreto o aquellos que existan previamente en el ámbito de los Grupos de Acción Local y Mancomunidades Integrales de Municipios y quieran integrarse en este proceso.

  2. El proceso de participación será coherente con metodologías participativas, practicará la evaluación para la mejora continua y será flexible para adaptarse al ritmo y desarrollo de la ciudadanía. El mencionado proceso será integrador para todas las personas de la zona donde se aplique y tendrá un claro carácter de solidaridad y cooperación.

Artículo 3 Objetivo.

El objetivo del proceso de participación social para el desarrollo rural de Extremadura es conseguir y mantener un nivel adecuado de participación de la ciudadanía de zonas rurales, dirigido al desarrollo personal, socioeconómico y cultural de los ciudadanos/as y que les permita ser protagonistas en el desarrollo presente y futuro de su zona.

Artículo 4 Órganos del proceso.
  1. El proceso de participación social para el desarrollo rural en Extremadura se basará en la constitución y funcionamiento, en las diferentes zonas de participación, de los siguientes órganos y/o foros de participación:

    - GRUPO PLAN 21.

    - FORO CIUDADANO

    - CONSEJO TÉCNICO DE PARTICIPACIÓN.

    - COMITÉ EJECUTIVO DE ZONA.

    Los mencionados órganos y/o foros de participación se definen en el Anexo III que se acompaña al presente Decreto.

  2. A tal efecto, se considerarán zonas de participación los territorios de actuación de los Grupos de Acción Local y Mancomunidades Integrales de Municipios donde se ejecute el proceso de participación social para el desarrollo rural en Extremadura.

  3. Además de los órganos y foros de participación definidos en el Anexo III del presente Decreto, podrán constituirse otros órganos y foros de interés para cada zona de participación a propuesta del Comité Ejecutivo de Zona. Del mismo modo la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales de la Junta de Extremadura, podrá constituir mediante Orden, otros órganos y foros de participación que considere de interés regional para el proceso de participación.

Artículo 5 Metodología del proceso.
  1. La metodología del proceso de participación social para el desarrollo rural en Extremadura será participativa, basándose su desarrollo en el compromiso de los/as agentes implicados/as.

  2. Las técnicas sociales para la...

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