DECRETO 76/2006, de 18 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para la realización de proyectos para la acogida e integración social de personas inmigrantes.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 76/2006, de 18 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para la realización de proyectos para la acogida e integración social de personas inmigrantes.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española atribuye a los poderes públicos la responsabilidad de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud; facultando a las Comunidades Autónomas en el artículo 148.1.20 para que asuman competencias en materia de asistencia social.

La Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye en el artículo 7.1.20 a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en materia de asistencia y bienestar social y dispone que las instituciones de la Comunidad Autónoma ejercerán sus poderes con el objetivo de fomentar el bienestar social del pueblo extremeño.

La Ley 5/1987, de 23 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, inspirada en los principios de igualdad, solidaridad y justicia tiene como objetivo conseguir un bienestar básico para todos los ciudadanos residentes en la región, mediante un conjunto de actuaciones que tiendan a la prevención y eliminación de las causas que conducen a la marginación, así como favorecer el total y libre desarrollo de la persona dentro de la sociedad, promoviendo su participación activa en la vida social de Extremadura.

Dada la rapidez con la que se ha producido la incorporación de un número importante de ciudadanos inmigrantes a nuestra sociedad, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dispuso un Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes así como el Refuerzo Educativo, incluido por primera vez en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. Para la gestión de este Fondo se firmó el 21 de julio de 2005 un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Junta de Extremadura para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo. El convenio establece en su cláusula décima que tendrá vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2005 pero que, no obstante, los firmantes manifiestan su voluntad de hacerlo extensivo a los años sucesivos, a cuyos efectos se prorrogará de forma automática, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes, que deberá producirse, en todo caso, con al menos tres meses de antelación al cierre el ejercicio económico correspondiente.

Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del convenio han de ajustarse a lo señalado en el Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo para el apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes así como al refuerzo educativo.

El Consejo Superior de Política de Inmigración examinó este marco y fijó los criterios para la asignación de los créditos a las comunidades autónomas.

Los recursos de este Fondo están destinados a la promoción de políticas activas de integración social a través de actuaciones que faciliten la cohesión entre la sociedad receptora e inmigrantes y garantizar el acceso de ésta a los recursos y servicios disponibles, de acuerdo con los principios de Igualdad y No Discriminación, que busca la equiparación de derechos y obligaciones de la población inmigrante y autóctona, dentro del marco de la Constitución Española, el de Ciudadanía, que implica el reconocimiento del derecho a la plena participación cívica, social, económica y cultural de las personas inmigrantes y el de Interculturalidad como mecanismo de interacción.

Por tanto, este Decreto viene a regular la concesión de una serie de ayudas a entidades públicas y privadas sin fin de lucro, para desarrollar actuaciones encaminadas a la acogida e integración de las personas inmigrantes que se encuentren incluidas en el Marco de Cooperación para la gestión del Fondo de apoyo a la acogida y la integración de inmigrantes así como al refuerzo educativo.

Por su parte, la Ley 5/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2006, en su Disposición Adicional Quinta declara que las subvenciones y ayudas públicas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma se regirán por la normativa básica del Estado y por lo dispuesto en la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura, en las Leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma y en las disposiciones administrativas dictadas por la Junta de Extremadura en esta materia en cuanto no se opongan a la regulación básica; y, asimismo, dispone que las bases reguladoras de las subvenciones se establecerán por Decreto del Consejo de Gobierno, previo informe del Gabinete Jurídico y de la Intervención General, enumerando el contenido mínimo que han de tener dichas bases.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 5/2005, de 27 de D.O.E.?Número 49 27 Abril 2006 7199

diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2006 y la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Bienestar Social, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión 18 de abril de 2006,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Objeto.
  1. El objeto del presente Decreto es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades públicas y privadas sin fin de lucro para la realización de proyectos para la acogida e integración social de personas inmigrantes que se desarrollen de acuerdo con los ejes y medidas comprendidos en el Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes así como al Refuerzo Educativo que figuran recogidas a continuación:

    1. ACOGIDA

      1. Programa de Acogida y Atención Humanitaria a personas inmigrantes procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla.

      2. Programas de Acogida Integral que incluyan proyectos de introducción a la sociedad de acogida, acciones de derivación a servicios públicos de carácter general y, en su caso, clases de idiomas e itinerarios de inserción.

      3. Acogida Especializada de personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad, incluyendo alojamiento y manutención además de las actuaciones contempladas en los programas de acogida integral u otras requeridas por su especial situación.

    2. EDUCACIÓN

      1. Refuerzo educativo: Programas de acogida educativa en los centros de enseñanza, de prevención del absentismo escolar, de compensación y de garantía social.

      2. Refuerzo del sistema de ayudas en el ámbito escolar: becas y ayudas de comedor, transporte y libros de texto.

      3. Promoción de la educación cívica intercultural: recursos, materiales didácticos y prácticas educativas que propicien la convivencia intercultural, el conocimiento recíproco y la eliminación de estereotipos.

      4. Aprendizaje de las lenguas de la sociedad de acogida y mantenimiento de las lenguas y culturas de origen.

      5. Refuerzo de la escolarización de los alumnos de origen inmigrante, en etapas escolares no obligatorias: educación infantil y educación post-secundaria.

      6. Información y orientación sobre el sistema educativo español:

        puntos de información sobre educación, participación en escuelas de madres y padres y en Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos.

      7. Apoyo a programas de transición de la escuela al trabajo y fomento de la formación profesional reglada para inmigrantes adultos.

      8. Fomento de actuaciones coordinadas entre los centros educativos y su entorno, y ampliación de la oferta de actividades extracurriculares.

      9. Formación de profesionales en atención y gestión de la diversidad en el ámbito educativo.

      10. Transferencia de conocimientos y buenas prácticas.

    3. EMPLEO

      1. Apoyo a programas de acceso, mejora y mantenimiento del empleo.

      2. Fomento entre la población inmigrante de la iniciativa empresarial y el trabajo por cuenta propia o trabajo asociado (autoempleo, microcréditos y economía social).

      3. Refuerzo de la presencia de inmigrantes en programas desarrollados en el marco de las políticas activas de empleo y de la colaboración con entidades de intermediación laboral.

      4. Mejora del acceso de los inmigrantes a itinerarios integrados de inserción socio laboral.

      5. Información y Formación sobre prevención de riesgos laborales y promoción de la seguridad y salud en el trabajo.

      6. Formación en nuevas tecnologías.

      7. Apoyo a programas de conciliación de la vida familiar y laboral.

      8. Formación en interculturalidad de los profesionales de los servicios públicos de empleo y agentes de desarrollo local.

      9. Transferencia de conocimientos y buenas prácticas.

        IV.VIVIENDA

      10. Apoyo a programas de integración en el entorno urbano en barrios con alta presencia de inmigrantes.

        7200 27 Abril 2006 D.O.E.?Número 49

      11. ...

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