DECRETO del Presidente 20/1995, de 21 de julio, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

con la desmembración de la antigua Yugoslavia han admitido de buen grado una intervención pacificadora. Pero era deber de la comunidad de naciones a través de la ONU intentar paliar en la medida de lo posible las trágicas consecuencias del conflicto para la población civil de la zona e intentar que la interposicion de fuerzas de los cascos azules suavizara las tensiones entre las facciones armadas.

Las Fuerzas Armadas españolas se incorporaron a esa arriesgada tarea en otoño de 1992, continuando hasta ahora mediante el envío de diversas unidades de nuestro Ejército. Desde octubre de 1994 hasta abril de este año, esa delicada y arriesgada tarea ha correspondido a la Agrupación Táctica 'Extremadura'.

Estos militares procedentes de cuarteles extemeños han vigilado la llegada, protección y distribución de ayuda humanitaria a las zonas de Bosnia que tenían asignadas, han controlado los acuerdos de paz, supervisando el cese de las hostilidades, han dado atención sanitaria y han ayudado a la reconstrucción de infraestructuras vitales para la población de ese área. En esas nobles tareas han contado siempre con la simpatía y el apoyo de los extremeños y de los españoles en general, reconciliados como nunca con un Ejército del que se sentían cercanos, olvidados lejanos fantasmas históricos. Y en esa digna labor han dejado la vida dos soldados de la Agrupación 'Extremadura' a los que es de justicia recordar en este momento, el Cabo de Caballería D. Alvaro Ojeda Barrena y el soldado D. Raúl Berraquero Forcada.

Por ello, la Junta de Extremadura considera que se dan las condiciones para agradecer en nombre del pueblo extremeño el esfuerzo y profesionalidad de estos militares, que han representado a España y Extremadura en muy difíciles condiciones, ayudando a las víctimas de una guerra que nunca debió comenzar.

En su virtud, a propuesta del Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Extremadura, en uso de la facultad establecida en el art.

4 del Decreto 10/1990, de 6 de febrero, y tras deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 18 de julio de 1995,

DISPONGO ARTICULO UNICO Se concede la Medalla de Extremadura a la Agrupación Táctica 'Extemadura', unidad de las Fuerzas Armadas españolas asignada a las Fuerzas de Protección de la Organización de las Naciones Unidas en Bosnia Herzegovina desde octubre de 1994 hasta abril de...

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