DECRETO 36/1994, de 7 de marzo, por el que se autoriza la utilización de depósitos de polietileno de alta densidad (Norma UNE 53-432/92/1/2/3) y de plástico reforzado con fibra de vidrio (Norma UNE 53-361-90) para el almacenamiento de productos petrolíferos.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Industria y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 36/1994, de 7 de marzo, por el que se autoriza la utilización de depósitos de polietileno de alta densidad (Norma UNE 53-432/92/1/2/3) y de plástico reforzado con fibra de vidrio (Norma UNE 53-361-90) para el almacenamiento de productos petrolíferos.

Las disposiciones reglamentarias referentes a los materiales constitutivos de los depósitos destinados a almacenar productos petrolíferos son el Decreto de 25 de enero de 1936 (Gaceta de Madrid de 28 de enero de 1936, del Ministerio de Hacienda), por el que se aprueba el Reglamento a que han de someterse las instalaciones de la industria petrolífera donde en el punto 1.º referente a aparatos surtidores se especifica que '...los tanques que se empleen para almacenamiento, deberán ser construidos con chapa de acero de espesor no inferior a cuatro milímetros...' y la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 21 de junio de 1968 (B.O.E.

núm. 159, de 3 de julio de 1968) por la que se aprueba el Reglamento sobre utilización de productos petrolíferos para calefacción y otros usos no industriales donde en su artículo 6.º, apartado 1 se indica que '...los depósitos que se empleen para el almacenamiento deberán construirse con chapa nueva de acero laminado que cumplan como mínimo lo especificado en la norma UNE 36011...'.

El Real Decreto 645/1988, de 24 de junio (B.O.E. núm. 152, de 25 de junio de 1988) por el que se aprueba el Reglamento para el suministro y venta de gasolinas y gasóleos de automoción no establece las condiciones a cumplir por los materiales con que se construyan los depósitos destinados a almacenar los productos petrolíferos que se expendan en estas instalaciones.

La instalación, aérea o enterrada, de depósitos construidos con chapa de acero puede dar lugar a la aparición de procesos de oxidación que conlleven, en último término, al vertido de los productos contenidos, lo que supone un evidente riesgo...

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