Orden de 30 de abril de 2020 por la que se realizan las modificaciones necesarias para realizar la tramitación electrónica del procedimiento de admisión y matriculación en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso escolar 2020/2021, convocado por Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Educación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyOrden

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

ORDEN de 30 de abril de 2020 por la que se realizan las modificaciones necesarias para realizar la tramitación electrónica del procedimiento de admisión y matriculación en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso escolar 2020/2021, convocado por Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Educación. (2020050066)

El Decreto-Ley 7/2020, de 24 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de educación, para paliar los efectos de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 en su artículo 1 "habilita a la titular de la Consejería de Educación y Empleo para que por orden determine la continuación de aquellos procedimientos administrativos que sean indispensables para la protección del interés general, y que como consecuencia de la situación excepcional de estado de alarma y las limitaciones a la movilidad que tiene la ciudadanía, hayan de realizarse de forma electrónica, realizando las modificaciones y adaptaciones en los mismos de forma exclusiva para las actuaciones necesarias de cara al inicio del curso escolar 2020/2021".

Igualmente establece que "siempre que estos procedimientos se dirijan a personas físicas, se habilitará la posibilidad de que éstas puedan optar por relacionarse con la administración educativa de forma no electrónica".

El Decreto 42/2007, de 6 de marzo, regula la admisión del alumnado en Centros Docentes Públicos y Privados Concertados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, desarrollando lo previsto en el artículo 84 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

La Orden de 12 de marzo de 2012 por la que se establece el procedimiento para la admisión de alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato ya contempla en su disposición adicional segunda la Administración electrónica regulando tanto el procedimiento como los servicios que debe prestar la Plataforma Educativa "Rayuela".

El procedimiento de admisión para los centros de infantil, primaria y secundaria fue convocado por Resolución de la Secretaría General de Educación de 18 de diciembre de 2019

dicho procedimiento contemplaba el sistema de tramitación presencial de solicitudes, reclamaciones, recursos y demás cumplimiento de trámites que habían de realizar los interesados, no aplicándose lo previsto en la Disposición Adicional de la Orden de 12 de marzo de 2012, dicho procedimiento ha quedado interrumpido en su desarrollo en la fase de reclamaciones frente a la adscripción de centros. Resulta pues necesario y urgente para poder continuar con el mismo, realizar las modificaciones y adaptaciones que se determinan en su articulado, para que los interesados que tienen limitada su movilidad, puedan realizar los trámites de forma electrónica, no presencial, salvo aquellos interesados que por no disponer de medios para ello opten por realizar los mismos a través de los puntos de atención al usuario que les sean facilitados, al objeto de que el ejercicio de sus derechos no se vea mermado.

Por todo ello, a propuesta de la Secretaría General de Educación,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente orden tiene por objeto realizar las modificaciones necesarias para realizar la...

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