Orden de 23 de mayo de 2019 por la que se actualiza el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de EconomÍA e Infraestructuras
Rango de LeyOrden

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS

ORDEN de 23 de mayo de 2019 por la que se actualiza el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2019050346)

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma en su artículo 9.1.20 la competencia exclusiva en materia de artesanía.

La Ley 3/1994, de 26 de mayo, de Artesanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura dispone en su artículo 3.3 que, las actividades artesanales se adscribirán a uno o varios de los grupos delimitados en el Repertorio de Oficios Artesanos.

El Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se halla actualmente regulado por el Decreto 124/2012, de 6 de julio, y tiene como finalidad, delimitar el conjunto de actividades que forman parte del sector artesanal extremeño, atendiendo a los requisitos establecidos en la definición que, sobre la artesanía, se hace en el artículo 2 de la Ley 3/1994, de 26 de mayo, de Artesanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La disposición final primera del Decreto 124/2012, de 6 de julio, atribuye al titular de la Consejería competente en materia de artesanía para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto, en concreto para la actualización de los datos incluidos en el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y para determinar las fases del proceso productivo, los útiles, herramientas y maquinarias empleados, las materias primas básicas en su caso y los productos resultantes de cada uno de los Oficios Artesanos del Repertorio.

Uno de los principales objetivos de la Junta de Extremadura en materia de artesanía es la preservación del saber-hacer tradicional a través de la recuperación de oficios en riesgo de desaparición. La ampliación del Repertorio mediante la inclusión de antiguos oficios tradicionales, así como de otros que están emergiendo gracias a la incorporación de nuevos artesanos y artesanas, ha de contribuir a reactivar actividades artesanas subyacentes, posibilitando que los que los ejercen puedan acceder a los sistemas de apoyo a disposición del sector. Todo ello redundará en la consolidación de la contribución de la artesanía al PIB regional y al empleo.

En su virtud de lo expuesto, oída la Comisión Regional de Artesanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cual en su sesión de 18 de mayo de 2018 informó favorablemente la propuesta de modificación del Repertorio de Oficios Artesanos, y de conformidad con las atri-

buciones conferidas por los artículos 36.f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la disposición final primera del Decreto 124/2012, de 6 de julio,

DISPONGO:

Artículo único Actualización del Repertorio de Oficios Artesanos de Extremadura aprobado por el Decreto 124/2012, de 6 de julio.

Se actualiza el anexo I del Decreto 124/2012, de 6 de julio, quedando como sigue:

ANEXO I

REPERTORIO DE OFICIOS ARTESANOS (Agrupados de acuerdo con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009)

ORDEN

C.N.A.E

(2009)

SUBSECTOR 01: MADERA

01001 Carpintería artesanal 1629 B

01002 Imaginería (incluido

Retablista) 1629 A-B

01003 Talla de madera 1629 A-B

01004 Tornería 1629 A-B

01005 Elaboración de sillas 3109 B

COAEX.

DENOMINACIÓN

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

01006 Tapicería 3109 B

01007 Ebanistería 3109 A-B

01008 Barnizado y lacado 9524 A

01009 Elaboración de dorados 9524 A

01010 Tonelería 1624 A-B

01011 Restauración de objetos de madera 9524 A

01012 Elaboración de marcos 1629 A-B

01013 Elaboración de artículos de corcho 1629 A-B

01014 Taracea 3109 A

01015 Elaboración de artesonado mudéjar 1623 A

01016 Marquetería 1629 A-B

COAEX.

DENOMINACIÓN

ORDEN

C.N.A.E

(2009)

COAEX.

SUBSECTOR 02: INSTRUMENTOS MUSICALES

02001 Luthier 3220 A-B

02002 Elaboración de Instrumentos musicales de percusión 3220 A-B

02003 Elaboración de Instrumentos musicales de viento 3220 A-B

02004 Afinación de instrumentos musicales 3220 B

SUBSECTOR 03: FIBRAS VEGETALES

03001 Cestería 1629 B

03002 Espartería 1629 B

03003 Elaboración de muebles de fibra vegetal 3109 B

03004 Elaboración de objetos en paja de centeno, bálago 3109 B

03005 Cordelería y cordonería 1394 A-B

03006 Elaboración de macramé 1394 A-B

03007 Elaboración de alpargatas 1520 B

DENOMINACIÓN

ORDEN

C.N.A.E

(2009)

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

COAEX.

DENOMINACIÓN

ORDEN C.N.A.E

(2009)

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

SUBSECTOR 04: CERÁMICA

04001 Alfarería 2341 A-B

04002 Elaboración de tinajas 2341 B

04003 Cerámica 2341 A-B

04004 Porcelana 2349 A-B

04005 Tejería 2332 A-B

04006 Modelado (incluido belenismo) 2341 A

04007 Decoración de cerámica 2349 A

04008 Elaboración de azulejos 2331 A-B

04009 Elaboración de solados hidráulicos 2331 A-B

04010 Elaboración de esmaltes al fuego 2030 A

COAEX.

SUBSECTOR 05: PIEDRA

05001 Cantería 2370 A-B

05002 Talla de piedra, mármol y alabastro 2370 A-B

05003 Elaboración de mosaicos 4333 A-B

05004 Talla de piedras preciosas o semipreciosas 3212 A-B

SUBSECTOR 06: VIDRIO

06001 Elaboración de vidriera artística emplomada 2319 A-B

06002 Elaboración de vidrio artístico 2319 A-B

06003 Decoración en vidrio 2312 A-B

06004 Elaboración de vidrio soplado 2319 A-B

06005 Elaboración de vidrio tallado 2319 A-B

06006 Estirado de vidrio 2319 A-B

DENOMINACIÓN

ORDEN

C.N.A.E

(2009)

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

COAEX.

DENOMINACIÓN

ORDEN C.N.A.E

(2009)

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

SUBSECTOR 07: METAL

07001 Fundición artística 2454 A-B

07002 Fundición de campanas de bronce 2453 A-B

07003 Cerrajería 2572 A-B

07004 Repujado y cinceladura 2550 A

07005 Forja y herrería 2550 A-B

07006 Metalistería 2550 A

07007 Hojalatería 2592 A-B

07008 Calderería 2599 A-B

07009 Herraduría 2599 A-B

07010 Cuchillería y navajería 2571 B

07011 Elaboración herramientas en hierro 2573 B

07012 Elaboración de cencerros 2599 A

COAEX.

SUBSECTOR 08: PIEL

08001 Peletería 1420 A-B

08002 Curtiduría 1511 B

08003 Marroquinería 1512 B

08004 Repujado de cuero 1511 A

08005 Guarnicionería y talabartería 1512 B

08006 Elaboración de calzado 1520 A-B

SUBSECTOR 09: TEXTIL

09001 Tejeduría 1392 A-B

09002 Elaboración de tapices 1392 A-B

09003 Elaboración de alfombras 1393 A-B

09004 Elaboración de encajes de bolillos 1399 A-B

09005 Elaboración de encajes de ganchillo 1391 A-B

09006 Elaboración de bordados 1399 A-B

DENOMINACIÓN

ORDEN

C.N.A.E

(2009)

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

09007 Elaboración de trajes regionales 1413 A-B

09008 Sastrería - modistería 1413 A-B

09009 Elaboración de decoraciones de telas 1413 A

09010 Sombrerería 1413 A-B

09011 Elaboración de almazuela (patchwork) 1413 A-B

09012 Elaboración de abanicos 1392 A-B

SUBSECTOR 10: JOYERÍA

10001 Joyería 3212 A

10002 Orfebrería 3212 A

10003 Elaboración de filigranas 3212 A-B

10004 Bisutería 3213 A-B

10005 Platería 3212 A

10006 Damasquinado 3212 A

10007 Batido de oro 3212 A-B

COAEX.

DENOMINACIÓN

ORDEN

C.N.A.E

(2009)

COAEX.

SUBSECTOR 11: VARIOS

11001 Elaboración de objetos artísticos de cartón 1729 A-B

11002 Elaboración flores secas y artificiales 3299 A-B

11003 Elaboración de juguetes 3240 A-B

11004 Elaboración de muñecos 3240 A-B

11005 Pirotecnia 2051 A-B

11006 Elaboración de miniaturas 3240 A

11007 Elaboración de cosméticos naturales 2042 B

11008 Taxidermia 3299 A-B

11009 Cerería - Velas artesanales 3299 A-B

11010 Restauración de obras de arte 9102 A

11011 Elaboración de maquetas 1629 A

11012 Encuadernación 1814 B

DENOMINACIÓN

ORDEN

C.N.A.E

(2009)

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

CLASIFICACIÓN S/ LEY 3/1994

11013 Armería 2540 A-B

11014 Elaboración de jaulas 1629 A-B

11015 Elaboración de peinetas 3213 A-B

11016 Elaboración de pelucas y postizos 3299 B

11017 Elaboración de títeres 3240 A-B

11018 Relojería 2652/9525 A-B-C

11019 Serigrafía artística 1812 A-B

11020 Talla de materias nobles 3212 A

COAEX.

DENOMINACIÓN

ORDEN

C.N.A.E

(2009)

DEFINICIÓN GENÓRICA DE LOS OFICIOS

ARTESANOS DEL REPERTORIO

  1. MADERA

    COAEX: 01001.

    Denominación del oficio: Carpintería artesanal.

    Denominación de la ocupación: Carpintera/o.

    Definición: Persona que diseña, elabora y repara piezas de madera ordinariamente común como muebles, puertas y ventanas entre otros.

    COAEX: 01002.

    Denominación del oficio: Imaginería (incluido Retablista).

    Denominación de la ocupación: Imaginera/o, Retablista.

    Definición: Persona que diseña, talla o pinta imágenes sagradas y retablos elaborados con madera.

    COAEX: 01003.

    Denominación del oficio: Talla de madera.

    Denominación de la ocupación: Tallista de madera.

    Definición: Persona que diseña y talla la madera para crear formas decorativas en relieve.

    COAEX: 01004.

    Denominación del oficio: Tornería.

    Denominación de la ocupación: Tornero/a.

    Definición: Persona que talla una pieza de madera que gira sobre sí misma, mediante un torno, con la ayuda de herramientas.

    COAEX: 01005.

    Denominación del oficio: Elaboración de sillas. Denominación de la ocupación: Sillero/a.

    Definición: Persona que diseña, elabora y repara sillas de madera.

    COAEX: 01006.

    Denominación del oficio: Tapicería.

    Denominación de la ocupación: Tapicera/o.

    Definición: Persona que diseña y decora muebles de madera recubriendo las distintas superficies con telas u otra materia similar.

    COAEX: 01007.

    Denominación del oficio: Ebanistería.

    Denominación de la ocupación: Ebanista.

    Definición: Persona que, utilizando maderas de calidad, diseña y elabora muebles. La ebanistería se distingue de la carpintería en que produce muebles más elaborados, generando nuevas técnicas y complementándolas con otras para la manufactura de algunas piezas, tales como la marquetería, la talla, el torneado y la...

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