Orden de 31 de enero de 2013 por la que se establecen las condiciones de aplicación del régimen de ausencias al trabajo reguladas en la disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Administración Pública |
Rango de Ley | Orden |
I
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 31 de enero de 2013 por la que se establecen las condiciones de aplicación del régimen de ausencias al trabajo reguladas en la disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. (2013050028)
La Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en el apartado uno de su disposición adicional trigésima octava, establece que la ausencia al trabajo por causa de enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal, por parte del personal al que se refiere el artículo 9 del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, comportará la aplicación del descuento en nómina previsto para la situación de incapacidad temporal, en los términos y condiciones que establezcan respecto a su personal cada una de las Administraciones Públicas. Asimismo, el apartado seis de la misma disposición adicional señala que el apartado uno de la presente disposición tiene carácter básico y se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.13.ª, 149.1.18.ª y 156 de la Constitución.
Por su parte, el artículo 9 del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, fue traspuesto al ordenamiento jurídico por Decreto-Ley 2/2012, de 8 de octubre, para la implementación en la Comunidad Autónoma de Extremadura de las medidas de reordenación y racionalización de las Administraciones Públicas aprobadas por el Estado, convalidado por acuerdo del Pleno de la Asamblea de Extremadura, adoptado en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2012 y publicado en el Diario Oficial de Extremadura núm. 221, de 15 de noviembre, por Resolución de 9 de noviembre de 2012.
El Decreto 95/2006, de 30 de mayo, sobre regulación de la jornada y horario de trabajo, licencias, permisos y vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Capítulo II de su Título III regula la justificación de las ausencias en las que se aleguen causas de enfermedad, en tanto que en su disposición final primera se autoriza al titular de la, entonces, Consejería de Presidencia a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del indicado Decreto. Por otra parte, en el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número...
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