Orden de 17 de enero de 2018 por la que se regula la convocatoria para la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

ORDEN de 17 de enero de 2018 por la que se regula la convocatoria para la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2018050015)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.

Por Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1 los principios del sistema educativo español. Entre ellos, se determina, por una parte, "la consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea", y, por otra parte, "el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa".

La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, señala en su artículo 159.1 que "la Administración educativa promoverá la investigación y la innovación pedagógicas al servicio de la mejora de la calidad de la enseñanza".

Extremadura está haciendo un esfuerzo importante en su adaptación a la complejidad de las sociedades de nuestro tiempo. El modelo de innovación educativa que se propone pretende responder a las singularidades de nuestra región en un contexto de retos europeos y globales. La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, contempla como "eje trasversal del currículo en Extremadura la educación en los valores democráticos y de convivencia ciudadana". En su exposición de motivos insta a "definir un modelo capaz de conjugar las peculiaridades regionales con la necesidad de responder a los retos de una sociedad moderna y vertiginosa en sus cambios e innovaciones". En su artículo 3, establece como fines en los apartados c) y ñ) "garantizar la flexibilidad del modelo educativo extremeño para adaptarlo a los retos del siglo XXI", así como "impulsar la convergencia con los objetivos educativos europeos".

El Marco de Referencia Educativo establecido por la Unión Europea recoge la necesidad de que los jóvenes europeos desarrollen las competencias claves para prepararse para la vida adulta. Cumpliendo igualmente con esta directiva europea, la presente convocatoria busca fomentar especialmente los proyectos de innovación para el desarrollo curricular de las competencias clave y la mejora de los procesos de enseñanza-aprendizaje.

El informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión Europea sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020), establece las nuevas prioridades para la cooperación europea en educación y formación. Entre ellas se hace hincapié en el fomento de "una educació n y una formació n abiertas e innovadoras, con una plena incorporació n a la era digital". En este sentido, "la educació n y la formació n -a todos los niveles- pueden beneficiarse de la introducció n de prá cticas y materiales didá cticos innovadores que hayan sido probados y hayan mostrado ser capaces de contribuir de manera concreta a un aprendizaje inclusivo y comprometido para distintos tipos de alumnos".

En consecuencia, la Consejería de Educación y Empleo, a través de la Secretaría General de Educación, se propone mediante la presente orden, fomentar las distintas actividades relacionadas con la investigación e innovación que el profesorado desarrolla en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que inciden en aquellos aspectos que se consideran más idóneos para propiciar la mejora del éxito escolar del alumnado, estableciendo un proceso de selección y seguimiento que garantice su adecuación a los criterios establecidos en esta orden.

Con esta iniciativa se pretende, además, fomentar el reconocimiento social y profesional del profesorado, a través de la realización y difusión de proyectos de innovación educativa que permitan la formación de profesionales reflexivos, críticos e investigadores de su propia práctica docente en el aula y en la coordinación pedagógica.

Por todo ello, y en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, del 28 de febrero, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Secretaría General de Educación,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente orden tiene como objeto establecer la regulación para la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  2. Además, esta orden tiene como objetivo prioritario mejorar el éxito escolar del alumnado al que van dirigidos los correspondientes proyectos de innovación educativa, partiendo siempre de la reflexión del profesorado sobre su propia práctica docente y

planteando estrategias o métodos de trabajo innovadores que afecten al desarrollo del currículo, que puedan ser aplicados, contrastados y evaluados en el propio centro y en otros.

Artículo 2 Finalidad.

Asimismo, con la presente orden se pretende:

  1. Impulsar la innovación en cualquier ámbito que afecte a la búsqueda de la excelencia educativa, fomentando la adquisición de las competencias clave contribuyendo, así, al éxito educativo.

  2. Fomentar el reconocimiento, difusión e impacto de actividades relacionadas con la investigación e innovación educativa en el entorno de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 3 Convocatoria.

La convocatoria para la selección de proyectos de innovación educativa se realizará mediante resolución del Secretario General de Educación, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 4 Características de los proyectos.

Al objeto de poder ser seleccionados, las personas solicitantes deberán presentar un Proyecto de Innovación que deberá reunir los siguientes requisitos:

  1. El proyecto deberá potenciar las pedagogías activas e innovadoras como la enseñanza interdisciplinaria y los métodos colaborativos para mejorar el desarrollo de las capacidades y competencias pertinentes y, al mismo tiempo, promover la educación inclusiva.

  2. El proyecto deberá desarrollarse en el marco de alguna de las siguientes líneas de actuación:

    1. Impulso de las pedagogías activas para el desarrollo de las competencias clave: programación, traslado al aula y evaluación de la propuesta.

    2. Integración de las tecnologías educativas en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

    3. Mejora de la competencia informacional y las competencias comunicativa e idiomática a través de la expresión oral.

    4. Desarrollo de la competencia social y emocional: compromiso social, sostenibilidad y medio ambiente y responsabilidad y convivencia.

    5. Refuerzo en la atención a la diversidad y coeducación: estrategias metodológicas para dar respuesta a la diversidad y a la integración en la igualdad de género.

    6. Fomento de la cultura emprendedora en cualquier disciplina y nivel educativo y/o Formación Profesional.

  3. El proyecto tendrá que ser original e inédito y no publicado con anterioridad en otras convocatorias promovidas por la Consejería de Educación y Empleo que conlleven reconocimiento de créditos.

  4. El proyecto presentado deberá contar con un informe favorable de la dirección del centro indicando que dicho proyecto contribuirá a la mejora de la actividad educativa del centro. En el caso de...

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