Orden de 13 de junio de 2019 por la que se concretan las zonas de las listas de espera de personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyOrden

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

ORDEN de 13 de junio de 2019 por la que se concretan las zonas de las listas de espera de personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2019050366)

El artículo 7 del Decreto 51/2019, de 30 de abril, por el que se regula la provisión interina de puestos de trabajo de personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura contempla la zonificación de las listas de espera, estableciéndose, en su disposición final segunda, que por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación no universitaria, previamente negociada en la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, se concretarán las zonas que, al menos, serán ocho.

De conformidad con ello, una vez procedida a su negociación en la citada Mesa Sectorial, procede concretar la zonificación mencionada.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 36 f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Directora General de Personal Docente,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente orden tiene por objeto concretar las zonas de las listas de espera de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con lo previsto en la disposición final segunda del Decreto 51/2019, de 30 de abril.

Artículo 2 Zonas de las listas de espera.

2.1. De conformidad con lo establecido en la disposición final segunda del Decreto 51/2019, de 30 de abril, a fecha de publicación de la presente orden, las zonas existentes serán los distritos educativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

2.2. En aplicación de lo anterior las zonas serán las siguientes:

Zona 1. Badajoz.

Zona 2. Mérida.

Zona 3. Don Benito - Villanueva de la Serena.

Zona 4. Llerena - Zafra.

Zona 5. Cáceres.

Zona 6. Coria.

Zona 7. Plasencia.

Zona 8. Navalmoral de la Mata.

Las zonas anteriormente enumeradas se aplicarán a cada una de las listas ordinarias, supletorias o extraordinarias de los cuerpos docentes no universitarios de la Consejería de Educación y Empleo.

2.3. Como anexo a la presente orden se concretan las zonas a las que pertenecen todos los centros educativos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.

Artículo 3 Zonas a las que pertenecerán las personas integrantes de las listas de espera.

3.1. Las personas integrantes de las listas ordinarias, supletorias o extraordinarias formarán parte de todas las zonas, salvo que renuncien expresamente a alguna o algunas de ellas.

3.2. La renuncia a determinadas zonas se deberá concretar por cada lista ordinaria, supletoria o extraordinaria a la que se pertenezca, de conformidad con el procedimiento que se establezca por Resolución de la Dirección General de Personal Docente.

3.3. En aplicación de las renuncias presentadas, las personas interesadas que formen parte de varias listas ordinarias, supletorias y/o extraordinarias podrán optar por formar parte de las mismas zonas en todas ellas o por concretar zonas diferentes en todas o algunas de ellas.

Artículo 4 Modificación de las zonas.

4.1. La modificación de las zonas solicitadas por los integrantes de listas ordinarias, supletorias o extraordinarias, se realizará teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 7.2 del Decreto 51/2019, de 30 de abril, de conformidad con el procedimiento que se establezca por resolución de la Dirección General de Personal Docente, en el que, en todo caso, se tendrá en cuenta lo siguiente:

  1. Ampliación de zonas.

    El plazo para su solicitud será del 1 al 31 de enero, ambos inclusive y del 1 al 30 de junio, ambos inclusive.

  2. Renuncia a una o varias zonas.

    La renuncia a una o varias zonas podrá realizarse en cualquier momento del curso escolar. Dicha renuncia tendrá carácter irrevocable, por lo que estará vigente hasta que se solicite la ampliación de zona en el plazo anteriormente indicado. En todo caso no supondrá la renuncia a la plaza que se esté ocupando.

    4.2. La fecha de efectos de la solicitud de ampliación o renuncia de zona será la siguiente:

    - Se tendrán en cuenta en la correspondiente convocatoria de adjudicación de plazas o sustituciones todas las solicitudes de ampliación o de renuncia que se presenten antes de las 10:00 horas del día anterior al de publicación de la misma.

    - Las solicitudes presentadas a partir de esa hora se tendrán en cuenta en la siguiente convocatoria de adjudicación de plazas o sustituciones.

    4.3. Excepcionalmente, con objeto de tener en cuenta las necesidades del sistema educativo extremeño, las solicitudes de renuncia a zona o zonas que se presenten por las personas integrantes de las listas ordinarias durante el mes de julio no se tendrán en cuenta en la adjudicación de destino previa al inicio del curso escolar, sino en las adjudicaciones de plazas o sustituciones que se realicen una vez iniciado este.

    4.4. Las personas integrantes de las listas ordinarias podrán modificar las zonas a las que pertenecen en la solicitud que presenten para la actualización de méritos.

Artículo 5 Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 102 y 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de

Extremadura, o directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente a la sede de este órgano administrativo o al que corresponda al domicilio del demandante, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 a), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Mérida, 13 de junio de 2019.

La Consejera de Educación y Empleo,

M.ª ESTHER GUTIERREZ MORÁN

ANEXO

ZONAS A LAS QUE PERTENECEN LOS CENTROS

EDUCATIVOS DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

ZONA 1. BADAJOZ

LOCALIDAD Código CENTRO

Alvarado-la Risca 06005573 C.P. PRÍNCIPE DE ASTURIAS

Badajoz 06000460 C.P. ARIAS MONTANO

Badajoz 06000472 C.P. GENERAL NAVARRO

Badajoz 06000484 C.P. LOPE DE VEGA

Badajoz 06000496 C.P. NTRA. SRA. DE BOTOA

Badajoz 06000502 C.P. NTRA. SRA. DE LA

SOLEDAD

Badajoz 06000526 C.P. SAN JOSÉ DE CALASANZ

Badajoz 06000538 C.P. SAN PEDRO DE

ALCÁNTARA

Badajoz 06000541 C.P. SANTA ENGRACIA

Badajoz 06000551 C.P. SANTO TOMÁS DE

AQUINO

Badajoz 06000575 C.P. NTRA. SRA DE FÁTIMA

Badajoz 06000587 C.P. LUIS VIVES

ZONA 1. BADAJOZ

LOCALIDAD Código CENTRO

Badajoz 06000599 C.P. LUIS DE MORALES

Badajoz 06000691 C.P. SANTA MARINA

Badajoz 06000976 C.E.E. LOS ÁNGELES

Badajoz 06000988 C.P. LEOPOLDO PASTOR SITO

Badajoz 06001154 C.P. GUADIANA

Badajoz 06001178 C.P. JUVENTUD

Badajoz 06001208 C.P. ENRIQUE IGLESIAS GARCÍA

Badajoz 06005469 C.P. JUAN VÁZQUEZ

Badajoz 06005640 C.P. SAN FERNANDO

Badajoz 06005731 C.P. CERRO DE REYES

Badajoz 06006310 C.P. SAN JUAN BAUTISTA

Badajoz 06006462 C.P. MANUEL PACHECO

Badajoz 06006644 C.P. LOS GLACIS

Badajoz 06006981 C.P. ENRIQUE SEGURA COVARSÍ

Badajoz 06007685 C.P. PUENTE REAL

ZONA 1. BADAJOZ

LOCALIDAD Código CENTRO

Badajoz 06011159 C.E.I.P. LAS VAGUADAS

Badajoz 06011184 C.E.I.P. CIUDAD DE BADAJOZ

Balboa 06001221 C.P. VEGAS BAJAS

Gévora 06001294 C.P. DE GABRIEL

Novelda del Guadiana 06007119 C.R.A. GLORIA FUERTES

Talavera la Real 06004398 C.P. SAN JOSÉ

Valdebotoa 06001361 C.P. GABRIEL LÓPEZ TORTOSA

Villafranco del Guadiana 06001427 C.P. ANTONIO JIMÉNEZ

LLERENA

Guadiana del Caudillo 06001300 C.P. SAN ISIDRO

Nava de Santiago (La) 06003667 C.P. SAN ANTONIO

Puebla de Obando 06004052 C.P. JIMÉNEZ ANDRADE

Pueblonuevo del Guadiana 06001324 C.P. NTRA. SRA. DEL ROSARIO

Roca de la Sierra (La) 06004180 C.P. STA. MARÍA DEL PRADO

Valdelacalzada 06001397 C.P. ADOLFO DÍAZ AMBRONA

ZONA 1. BADAJOZ

LOCALIDAD Código CENTRO

Villar del Rey 06005019 C.P. MARÍA AUXILIADORA

Alburquerque 06000071 C.E.I.P. ÁNGEL SANTOS POCOSTALES

Codosera (La) 06001865 C.P. NTRA. SRA. DE CHANDAVILA

San Vicente de Alcántara 06005755 C.P. PEDRO VILALLONGA

CÁNOVAS

Albuera (La) 06000061 C.P. JOSÉ VIREL

Alconchel 06000113 C.P. VIRGEN DE LA LUZ

Almendral 06000149 C.P. JOSÉ MARIA CARANDE

Barcarrota 06001439 C.P. HERNANDO DE SOTO

Cheles 06001944 C.P. VIRGEN DE LA LUZ

Higuera de Vargas 06002641 C.P. NTRA. SRA. DE LORETO

Olivenza 06003746 C.P. FRANCISCO ORTIZ LÓPEZ

Salvaleón 06004192 C.P. FERNANDO SERRANO MANGAS

San Francisco de Olivenza 06007016 C.R.A. LA RAYA

ZONA 1. BADAJOZ

LOCALIDAD Código CENTRO

Táliga 06004428 C.P. NTRA. SRA. DE LOS SANTOS

Torre de Miguel Sesmero 06004453 C.P. TORRES NAHARRO

Valverde de Leganés 06004581 C.P. CÉSAR HURTADO DELICADO

Alburquerque 06006681 I.E.S. CASTILLO DE LUNA

Alconchel 06006905 I.E.S. FRANCISCO VERA

Badajoz 06000940 I.E.S. BÁRBARA DE BRAGANZA

Badajoz 06007569 I.E.S. BIOCLIMÁTICO

Badajoz 06001026 I.E.S. CASTELAR

Badajoz 06006851 I.E.S. MAESTRO DOMINGO CÁCERES

Badajoz 06001075 I.E.S. NTRA. SRA. DE BÓTOA

Badajoz 06001211 I.E.S. REINO AFTASÍ

Badajoz 06000939 I.E.S. RODRÍGUEZ MOÑINO

Badajoz 06000991 I.E.S. SAN FERNANDO

Badajoz 06001002 I.E.S. SAN JOSÉ

ZONA 1. BADAJOZ

LOCALIDAD Código CENTRO

Badajoz 06006899 I.E.S. SAN ROQUE

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