Orden de 1 de abril de 2015 por la que se publican los modelos de papeletas, sobres e impresos a utilizar en el proceso de elecciones a la Asamblea de Extremadura 2015.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyOrden

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 3

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 1 de abril de 2015 por la que se publican los modelos de papeletas, sobres e impresos a utilizar en el proceso de elecciones a la Asamblea de Extremadura 2015. (2015050072)

Mediante Decreto del Presidente 5/2015, de 30 de marzo, se convocan elecciones a la Asamblea de Extremadura, fijándose el día 24 de mayo de 2015 como fecha en la que se llevarán a cabo las votaciones, concurriendo en la misma jornada elecciones municipales y elecciones a la Asamblea de Extremadura. El desarrollo de todo proceso electoral requiere la publicación de los documentos electorales que se vayan a utilizar en el citado proceso, en cuanto dichos modelos tienen el carácter de oficiales.

Por Decreto 28/2003, de 25 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los locales y las características oficiales de los elementos materiales a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura, se establece los modelos de papeletas, sobres e impresos a utilizar en dichos comicios y se habilita, en su disposición final primera, a la Consejería de Presidencia, actual Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de lo dispuesto en el Decreto del Presidente 18/2014, de 19 de junio, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el citado decreto y, en particular, dictar todas las disposiciones que sean necesarias para la adaptación de los modelos de sobres, papeletas y demás impresos oficiales a utilizar en las elecciones que se convoquen a la Asamblea de Extremadura.

En este sentido, tras las modificaciones operadas en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, relativas al voto de los residentes ausentes en el extranjero y de los ciudadanos españoles que se encuentren temporalmente en el extranjero, se hizo necesario la publicación de nuevos modelos electorales que debían dar cobertura a los trámites que debían realizarse en estas especialidades en el procedimiento de voto, así como la modificación o supresión de algunos de los modelos existentes hasta aquel momento. Así, el artículo 1 de la Orden de 31 de marzo de 2011 (DOE núm. 64, de 1 de abril) actualiza los modelos electorales de sobres e impresos previstos en los anexos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los locales y las características oficiales de los elementos materiales a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura.

Asimismo, hay que destacar que no todos estos documentos relacionados en los anexos del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, tienen que ser elaborados por la administración autonómica. Y así, el artículo 7.4 del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, al haber sido convocadas simultáneamente las elecciones a la Asamblea de Extremadura y las Elecciones Municipales, los modelos electorales confeccionados por el Estado y calificados como comunes pueden ser asumidos por la Administración autonómica. De acuerdo con dicho precepto y con la finalidad de simplificar y agilizar los trámites administrativos se asumen esos modelos comunes en las elecciones a la Asamblea de Extremadura a celebrar el 24 de mayo de 2015.

Los modelos estatales aparecen relacionados en los anexos del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, que han sido sustituidos por Orden INT/529/2014, de 28 de marzo, y modificado su anexo 6 por Orden INT/358/2015, de 27 de febrero. La asunción por parte de la administración autonómica como oficiales de los sobres e impresos calificados como comunes por el Estado obliga a actualizar los anexos del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los locales y las características oficiales de los elementos materiales a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura.

Razones de seguridad jurídica aconsejan publicar todos los modelos electorales de sobres e impresos previstos en los anexos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los locales y las características oficiales de los elementos materiales a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura y, además, adaptarlos a las elecciones a la Asamblea de Extremadura a celebrar el 24 de mayo de 2015.

Por otro lado, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General y en el artículo 7.5 del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, la Junta Electoral Central, por Acuerdo de 25 de marzo de 2015, ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, los modelos de actas de escrutinio y de sesión de las Mesas Electorales; así como los modelos de acta de constitución de la Mesa Electoral para el escrutinio del voto de los residentes ausentes en el extranjero; acta de sesión de escrutinio del voto de los residentes ausentes en el extranjero, de actas de constitución, de escrutinio, de sesión o sesiones del escrutinio y de proclamación de electos de las Juntas Electorales Provinciales a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura de 2015.

Por su parte, el Estado ha calificado como comunes, incluyéndolos en los anexos del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, a través de la Orden INT/529/2014, de 28 de marzo, los modelos de acta de constitución de la Mesa Electoral y de acta a utilizar por los funcionarios consulares en el voto de los residentes ausentes en el extranjero, igualmente aprobados por la Junta Electoral Central por Acuerdo de 25 de marzo de 2015.

Por todo lo expuesto, en cumplimiento de las atribuciones que me otorga la disposición final primera del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los locales y las características oficiales de los elementos materiales a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura

D I S P O N G O

Artículo 1 Publicación de los modelos de papeletas, sobres e impresos electorales.
  1. Se publican los modelos electorales de sobres e impresos de los anexos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los locales y las características oficiales de los elementos materiales a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura, tal y como se detalla en el anexo I de esta orden, actualizando los modelos calificados como comunes por el Estado.

  2. Asimismo, en todas las papeletas, sobres y demás impresos que figuren en el Anexo I de esta orden y que se utilicen en las elecciones a la Asamblea de Extremadura convocadas

por Decreto del Presidente 5/2015, de 30 de marzo, deberá añadirse la indicación 2015Ž a continuación de la referencia Elecciones a la Asamblea de ExtremaduraŽ, con su mismo tamaño y tipo de letra.

Artículo 2 Publicación de modelos actas.
  1. Los modelos de actas de escrutinio y de sesión de las Mesas Electorales, así como los modelos de actas de constitución y de escrutinio de la Mesa Electoral de la Junta Electoral Provincial para el voto de los residentes ausentes en el extranjero; actas de constitución, de escrutinio, de sesión y de proclamación de electos de la Junta Electoral Provincial; acta de sesión del escrutinio de la Junta Electoral Provincial a utilizar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura de 2015 serán los aprobados por Acuerdo de la Junta Electoral Central de 25 de marzo de 2015, que figuran como Anexo II de esta orden.

  2. Asimismo, se incluyen en el Anexo II de esta orden los modelos de acta de constitución de las Mesas Electorales y el modelo de acta a utilizar por los funcionarios consulares en el voto de los residentes ausentes en el extranjero, con las adaptaciones a los modelos declarados como comunes por el Estado, e incluidos en los anexos del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, igualmente aprobados por Acuerdo de la Junta Electoral Central de 25 de marzo de 2015.

  3. Asimismo, en estos modelos de actas que se utilicen en las elecciones a la Asamblea de Extremadura convocadas por Decreto del Presidente 5/2015, de 30 de marzo, deberá añadirse la indicación 2015Ž a continuación de la referencia Elecciones a la Asamblea de ExtremaduraŽ, con su mismo tamaño y tipo de letra.

Artículo 3 Equivalencia de los modelos comunes.

Se relacionan en el Anexo III de esta orden, con indicación de sus respectivas referencias, los modelos de sobres e impresos, así como los modelos de actas del apartado 2 del artículo 2 de esta orden, calificados como comunes por el Estado, e incluidos en los anexos del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, que se asumen por la administración autonómica como oficiales en las elecciones a la Asamblea de Extremadura, incluyéndolos en los anexos del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, a través de la presente orden.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 1 de abril de 2015.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

CLEMENTE JUAN CHECA GONZÁLEZ

ANEXO I

Relación de modelos electorales de sobres e impresos de los anexos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 del Decreto 28/2003, de 25 de marzo, por el que se regulan las condiciones de los locales y las características...

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