DECRETO 183/2006, de 31 de octubre, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Presidencia |
Rango de Ley | Decreto |
USOS LUCRATIVOS Superficies:
Usos de suelo construido m2 % m2
Vivienda y otros usos compatibles 17.513 53,22 18.105
TOTAL 17.714 53,81 18.105 Edificabilidad global máxima en uso Residencial: 0,55 m2/m2 Densidad global de viviendas máxima: 50 Viv./Ha.
Número de viviendas: 164.
Tipología constructiva: Se permiten todas las tipologías constructivas contempladas en las normas de la localidad: Viviendas Unifamiliares aisladas, adosadas y en hilera, así como Viviendas Plurifamiliares con una altura máxima de tres plantas, concretrándose éstas y el resto de las condiciones en el desarrollo del Plan Parcial.
Otros usos: Se permitirán otros usos distintos al Residencial y compatibles con Vivienda: Comercial, Administrativo, e Industrial compatible con Vivienda, etc.
Plazas de Aparcamientos: Una plaza por cada 100 m2 de edificación total. Al menos 0,5 plazas por cada 100 m2 de edificación, anexas o no al viario, deberán tener carácter público, ubicándose el resto en el interior de las parcelas.
Régimen de Protección Pública: Deberá destinarse y especificarse en el Plan Parcial las parcelas destinadas a Vivienda sujeta a un Régimen de Protección Pública, que cuando menos permita a la Administración tasar su precio, en la cuantía mínima del 25% del aprovechamiento objetivo para Uso Residencial.
Dotaciones: El total de reserva de suelo para Dotaciones Públicas, excluido el viario, será de 35 metros cuadrados por cada 100 metros cuadrados de techo edificable en el Sector.
La reserva destinada a zona verde será de 15 metros cuadrados por cada 100 metros cuadrados de techo edificable y como mínimo un 10% de la superficie neta de actuación.
El resto de las Dotaciones se ajustará a lo que para una UNIDAD ELEMENTAL establece el Reglamento de Planeamiento:
Centro Docente: 10,00 m2 de suelo por Vivienda.
Equipamiento Comercial y Social: 2,00 m2 construidos por cada Vivienda.
OBSERVACIONES:
Espacio Libre S. General, EL/5G Espacio Libre S. Local, EL/35
Equipamiento docente S. Local, EQ I/4
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA DECRETO 183/2006,de 31 de octubre,por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.
La Ley de la Función Pública dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose concretar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Por Decreto 45/2004, de 7 de mayo, se modificaron las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, figurando en el mismo las relaciones de puestos de trabajo completas. No obstante, en el momento presente corresponde llevar a cabo una modificación de la relación de puestos de trabajo que afectaría a un colectivo muy específico de la referida Consejería, la del personal que tiene atribuidas en
Usos Sistema general Sistema local Total sistemas m2...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba