Decreto 14/2010, de 5 de febrero, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal eventual de la Junta de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA

DECRETO 14/2010, de 5 de febrero, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal eventual de la Junta de Extremadura. (2010040017)

La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

En este mismo sentido, el Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por Decreto 8/1987, de 10 de febrero, se reguló el régimen jurídico del personal eventual de la Junta de Extremadura, y mediante Decreto 50/1992, de 10 de marzo, se aprobó la relación de puestos de trabajo de personal eventual de la Junta de Extremadura, que ha sido objeto de diversas modificaciones para adecuarla a las nuevas necesidades.

A iniciativa de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte se plantea una nueva modificación de la mencionada relación de puestos de trabajo, con el objeto de crear un puesto de "Coordinador de Actividades de Formación Deportiva" para asesorar a la Consejería de los Jóvenes y del Deporte y a la Dirección General de Deportes en relación a las líneas estratégicas a adoptar en cuanto a la formación, investigación y documentación en el deporte y la actividad física, así como para coordinar las acciones en materia de política formativa relacionada con el deporte, promover la colaboración con entidades que tengan competencias afines a la formación y la investigación, tanto dentro de la propia Comunidad Autónoma como en el resto del territorio del Estado y Europa, o detectar e importar...

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