Orden de 24 de octubre de 2013 por la que se modifica la Orden de 15 de abril de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado de Bachillerato.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

ORDEN de 24 de octubre de 2013 por la que se modifica la Orden de 15 de abril de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado de Bachillerato. (2013050249)

Por Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad Autó -noma de Extremadura.

En relación con la prueba extraordinaria de las materias no superadas en Bachillerato, la Ley Orgánica 2/2006, de mayo, de Educación, establece en su artículo 36 que dichas pruebas podrán realizarse en las fechas que determinen las Administraciones educativas. En el mismo sentido se expresa en su artículo 12 el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.

El Decreto 115/2008, de 6 de junio, establece para Extremadura el currículo de Bachillerato. En su artículo 12 fija que el alumnado podrá realizar una prueba extraordinaria de las materias no superadas en las fechas que determine la Consejería competente en materia de educación. En sucesivos desarrollos normativos se estableció la realización de la prueba extraordinaria de Bachillerato en los primeros días de septiembre.

Por todo lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 36 f) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y a propuesta de la Secre -taría General de Educación,

DISPONGO:

Artículo único Modificación de la Orden de 15 de abril de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en el Bachillerato.

Se modifica el apartado 2 del artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos: "2. El alumnado de primer curso que en la evaluación final ordinaria obtenga calificación negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria de las materias no superadas que los centros organizarán en los primeros días de septiembre. Dicha prueba se realizará, para el alumnado de segundo curso, en la...

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