Decreto 2/2013, de 15 de enero, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Presidencia de la Junta de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 2/2013, de 15 de enero, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Presidencia de la Junta de Extremadura. (2013040003)

La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

En este sentido, el Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

La estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura fue aprobada por el Decreto 128/2012, de 6 de julio, modificada por los Decretos 176/2012, de 7 de septiembre y 243/2012, de 18 de diciembre. La relación de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral fue publicada por Orden de 5 de marzo de 2012.

Los citados decretos han supuesto una profunda reorganización, tanto de los órganos directivos adscritos a la Presidencia de la Junta de Extremadura, como de las distintas unidades administrativas dependientes de los mismos. Esta nueva realidad jurídica aconseja y hace necesario llevar a cabo una modificación de la denominación, méritos, especialidades y experiencias de determinados puestos de trabajo de personal funcionario y laboral para dar respuesta a las nuevas necesidades existentes.

Por otra parte, teniendo en cuenta que en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la...

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