Decreto 40/2014, de 25 de marzo, por el que se modifica el Decreto 147/2012, de 27 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para el ejercicio 2012-2013.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo, Empresa e Innovación
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo Único

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

DECRETO 40/2014, de 25 de marzo, por el que se modifica el Decreto 147/2012, de 27 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para el ejercicio 2012-2013. (2014040051)

El Decreto 147/2012, de 27 de julio, establece las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El Decreto 132/2013, de 30 de julio, que modifica el Decreto 147/2012, de 27 de julio, introduce como beneficiarios a grandes empresas y a empresas del sector agrícola, y modifica las cuantías de las ayudas.

La convocatoria vigente finaliza el 31 de marzo de 2014, y se hace necesaria actualizar, previo a la próxima convocatoria, estas bases reguladoras al inicio del nuevo programa 2014-2020 de Fondos Estructurales.

En dicho marco se han aprobado los nuevos Reglamentos (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE núm. L352, de 24 de diciembre de 2013), a las ayudas de mínimis o al Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE núm. L352, de 24 de diciembre de 2013) relativo a la aplicación de los artículos 107y 108 del Tratado a las ayudas de mínimis, en el sector de la producción de productos agrícolas.

La iniciativa de garantía juvenil, para regiones con tasas de desempleo juvenil superiores al 25 %, trata de garantizar que ningún joven menor de 25 años se quede sin trabajo o formación o periodo de prácticas durante más de cuatro meses. Consecuencia de ello es por lo que se crea un programa destinado específicamente a menores de 25 años como perceptores de la mayor cuantía por contratación indefinida inicial.

Por otro lado con la publicación del Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, resulta necesario adaptar las exclusiones previstas en el artículo 8 del Decreto 147/2012, de 27 de julio.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 23 h) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extre ma -dura, y 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa e Innovación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su sesión de 25 de marzo de 2014.

D I S P O N G O :

Artículo único Modificación del Decreto 147/2012, de 27 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para el ejercicio 2012-2013.

Se modifican los artículos 2, 4, 5, 8, 9,10, 11, 12, 15, 20 y 22 del Decreto 147/2012, de 27 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para el ejercicio 2012-2013, que pasan a tener la siguiente redacción:

Uno. Se modifica el artículo 2, que queda redactado en los siguientes términos:

Artículo 2. Programas de subvenciones.

Se articulan los siguientes programas de subvenciones:

Programa I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales.

Programa II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.

Programa III: Ayudas por contrataciones indefinidas iniciales de jóvenes menores de 25 años en el marco del Programa de Garantía Juvenil".

Dos. Se modifica el artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos:

Artículo 4. Financiación.

  1. Las ayudas reguladas en el presente decreto, se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en la Leyes de Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En caso de cumplir los requisitos que se establezcan, las subvenciones reguladas en el presente decreto podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo en el nuevo marco de programación 2014-2020 a través del programa operativo regional y/o del programa operativo relativo a garantía juvenil que pudieran aprobarse, dentro del objetivo temático 8Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral" y prioridad de inversiónAcceso al empleo de los demandantes de empleo y las personas inactivas, incluidos los desempleados de...

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