Decreto 109/2012, de 15 de junio, por el que se modifica el Decreto 83/2007, de 24 de abril, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 109/2012, de 15 de junio, por el que se modifica el Decreto 83/2007, de 24 de abril, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2012040120)

Por Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Mediante el Decreto 83/2007, de 24 de abril, se establece para la Comunidad Autónoma de Extremadura el currículo de Educación Secundaria Obligatoria, regulando, entre otros aspectos, la ordenación de la etapa, la evaluación y promoción, la individualización de la enseñanza y atención a la diversidad y la titulación, entre otros.

La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura establece en su artículo 77 que la Administración educativa adoptará medidas efectivas a fin de que el portugués sea la segunda lengua extranjera en los centros sostenidos con fondos públicos. Igualmente, en su artículo 81, establece entre los aspectos prioritarios del currículo, la capacidad emprendedora, instando a la Administración educativa y a los centros al fomento en el alumnado de esta capacidad, así como a la iniciativa personal, la creatividad y la imaginación, para llevar a cabo tareas que transformen las ideas en acciones.

Aunque de alguna forma esta capacidad está presente a lo largo de toda la etapa y se concreta, particularmente, en algunas materias optativas relacionadas con su desarrollo, se hace necesario establecer algunas precisiones curriculares más, con el fin de lograr un mayor fomento de dicha capacidad en el alumnado.

Procede, por tanto, modificar el mencionado decreto, con el fin de incorporar las concreciones ya mencionadas en los párrafos anteriores, reforzando, de este modo, el protagonismo de la capacidad emprendedora y del portugués como segunda lengua extranjera.

De conformidad con lo anterior, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura, de acuerdo con el Consejo Consultivo, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 15 de junio de 2012,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 83/2007, de 24 de abril, por el que se...

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