DECRETO 75/2002, de 11 de junio, por el que se regula para la Comunidad Autónoma de Extremadura, el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria integrada compatibles con el medio ambiente para los frutales de pepita.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 75/2002, de 11 de junio, por el que se regula para la Comunidad Autónoma de Extremadura, el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria integrada compatibles con el medio ambiente para los frutales de pepita.

El Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, regula los objetivos, actuaciones y compromisos que habrán de cumplir, conforme a lo dispuesto en el Capítulo VI de Reglamento (CE) 1.257/1999, los beneficiarios a los que se destinen dichas ayudas cuya tramitación se encomienda a las Comunidades Autónomas.

El Reglamento (CE) 1.750/1999, de la Comisión, de 23 de julio, disponía en su artículo 35 que las modificaciones al programa agroambiental español serían sometidas a la Comisión en una única propuesta por programa y año. En consecuencia, el 12 de julio de 2001 fue presentada por el estado español, ante la Comisión de la Unión Europea, la modificación del Programa, aprobada por la DECISIÓN C (2001), 4739 de 20 de diciembre de 2001.

Una vez aprobada la modificación del mismo, y afectando dicha modificación a las líneas de Ayudas Agroambientales abiertas en

Consejería de Sanidad y Consumo

Farmacia.-- Anuncio de 20 de mayo de 2002, sobre traslado ordinario de oficina de farmacia en el municipio de Guareña ..........................................................

Servicio Extremeño de Salud

Concurso.-- Resolución de 13 de junio de 2002, de la Dirección de Gestión Económica y Presupuestaria, por la que se convoca por procedimiento abierto mediante concurso la contratación del suministro de centrífugas para el Laboratorio Central de Hemoterapia .....................

Concurso.-- Resolución de 13 de junio de 2002, de la Dirección de Gestión Económica y Presupuestaria, por la que se convoca por procedimiento abierto mediante concurso la contratación del suministro de congeladores, frigoríficos y diverso material para el Laboratorio Central de Hemoterapia ....................................................................

Concurso.-- Resolución de 13 de junio de 2002, de la Dirección de Gestión Económica y Presupuestaria, por la que se convoca por procedimiento abierto mediante concurso la contratación del suministro de material de mantenimiento y transporte de bolsas de sangre ....................................................................................

Ayuntamiento de Badajoz

Urbanismo.-- Anuncio de 30 de mayo de 2002, sobre Delimitación-Reparcelación del polígono núm. 6, submanzana M-3.1 del Plan Especial de Reforma Interior del A.P.D.-4 del Plan General de Ordenación Urbana ........

Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata

Urbanismo.-- Anuncio de 15 de mayo de 2002, sobre Estudio de Detalle de la parcela 'B' de la Unidad de Actuación UA-5.2 'Los Ríos-2' ........................................

Particulares

Extravíos.-- Anuncio de 20 de mayo de 2002, sobre extravío del título de Graduado Escolar de D. Ángel M' Macarro Bravo .................................................................

Extravíos.-- Anuncio de 27 de mayo de 2002, sobre extravío del título de Graduado Escolar de D. Ángel Eloy Torres Horrillo ...............................................................

7658

7659

7660

7661

7662

7662

7662

7662

esta Comunidad Autónoma, así como a las de próxima apertura, se hace necesaria la aplicación del presente Decreto.

Por lo que en su virtud, consultados los sectores interesados y oídas las Organizaciones Profesionales Agrarias, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 11 de junio de 2002, D I S P O N G O :

Artículo 1º Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en el presente Decreto, las personas físicas y/o jurídicas titulares de explotaciones agrarias cuyas explotaciones se encuentren inscritas respecto de los bienes ubicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su totalidad y a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura (en adelante REA), que se comprometan a realizar las actuaciones objeto de ayuda por un período de al menos cinco años consecutivos.

Además de cumplir con lo expuesto en el párrafo anterior, los beneficiarios de estas ayudas deberán contar, en el momento de la solicitud, con al menos una parcela agrícola que cumpla con la superficie mínima establecida y esté plantada con alguna de las especies acogidas a este tipo de ayuda y que se mantenga durante todo el período del compromiso.

Artículo 2º Criterios objetivos de selección.

Cuando las disponibilidades presupuestarias así lo exijan y conforme a lo previsto en la modificación del Programa de Desarrollo Rural, se dará prioridad, atendiendo al orden de presentación de solicitudes, a aquellos solicitantes que cumplan con los siguientes requisitos en el momento de la presentación de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR