DECRETO 129/2005, de 24 de mayo, por el que se establecen y convocan ayudas destinadas a los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores, para la contratación de conserjes en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación
Rango de LeyDecreto

DECRETO 129/2005, de 24 de mayo, por el que se establecen y convocan ayudas destinadas a los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores, para la contratación de conserjes en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, dispone en su artículo 12 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuyen al Estado el número 30 del apartado I del artículo 149, y de la Alta Inspección para su cumplimiento y garantía.

En virtud del Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria a la Comunidad Autónoma de Extremadura, actualmente asignadas a la Consejería de Educación en virtud del Decreto del Presidente 5/2005, de 8 de enero.

De conformidad con el artículo 25.2 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los municipios en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas cooperarán con la Administración educativa en la creación construcción y sostenimiento de los Centros Docentes Públicos, intervendrán en sus órganos de gestión y participarán en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece en su disposición adicional 17ª que la conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los edificios destinados a centros de educación infantil o primaria, dependientes de las Administraciones educativas, corresponderá a los Municipios.

Entre estas actuaciones podemos encuadrar las propias del conserje.

La Junta de Extremadura considera de interés impulsar y ayudar a las Entidades Locales para la contratación del personal necesario para garantizar el mantenimiento, conservación y la vigilancia de los centros de educación infantil o primaria.

Para ello, la Administración regional aprobó, mediante el Decreto 65/2002, de 28 de mayo, el establecimiento de ayudas destinadas a los Municipios y Entidades Locales Menores para financiar la contratación de conserjes que ejerzan las funciones de mantenimiento, conservación y vigilancia en los centros docentes públicos donde se imparta la Educación Infantil y Primaria.

El citado Decreto 65/2002 tenía un ámbito temporal de aplicación de tres cursos escolares, abarcando el período comprendido ente el 1 de septiembre de 2002 y el 31 de agosto de 2005.

Ante la próxima expiración de la vigencia del Decreto 65/2002, y manteniéndose el interés de la Administración educativa autonómica en contribuir a la financiación para la contratación de conserjes por parte de las Entidades Locales, se precisa la aprobación de un nuevo Decreto del Consejo de Gobierno que establezca y convoque ayudas públicas para el trienio escolar 2005/06 al 2007/08.

En su virtud y a propuesta de la Consejera de Educación, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 24 de mayo de 2005, D I S P O N G O :

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. El presente Decreto tiene por objeto establecer y convocar ayudas destinadas a financiar la contratación de conserjes en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, por los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el periodo correspondiente a los cursos escolares 2005-2006, 2006-2007 y 2007-2008; en concreto, desde el 1 de septiembre de 2005 al 31 de agosto de 2008.

  2. Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores podrán solicitar ayudas para la contratación de un conserje por cada centro educativo público de Educación Infantil y Primaria situado en sus ámbitos territoriales...

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