DECRETO 100/1994, de 2 de agosto, de concesión de la Medalla de Extremadura a las Asociaciones de Emigrantes Extremeños.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

DECRETO 100/1994, de 2 de agosto, de concesión de la Medalla de Extremadura a las Asociaciones de Emigrantes Extremeños.

La Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de su medalla, pretende reconocer, distinguir y recompensar públicamente a quienes, desde dentro o fuera de la región, hayan destacado por sus méritos o por los servicios prestados a la sociedad extremeña.

El Estatuto de Autonomía, en la conciencia de una realidad histórica que ha marcado el ser de la región desde hace décadas, ha reconocido el hecho migratorio confiriendo derechos políticos a nuestros emigrantes y a sus comunidades, al tiempo que obligaba a los poderes públicos de la Comunidad a defender el derecho de los extremeños a vivir y trabajar en su tierra y a

1 . D i s p o s i c i o n e s G e n e r a l e s

crear las condiciones que facilitaran el retorno de sus ciudadanos emigrados.

Decididos a emprender esa tarea, desde el inicio de la actividad de los poderes públicos autonómicos, se dieron pasos en esta dirección, culminando ese proceso con la aprobación por la Asamblea de Extremadura en 1986 de la Ley de la Extremeñidad, en la que se concretan los derechos creados por el Estatuto relativos a la participación de los emigrantes en la vida social y cultural de la región. A este marco legal inicial se han ido sumando normas sectoriales posteriores con los mismos objetivos políticos.

Pero para la efectiva implantación de este cuadro normativo ha sido imprescindible contar con la existencia y el excelente trabajo desarrollado por las asociaciones de emigrantes, que en número de ochenta y nueve y repartidas por España y por Europa agrupan a unas veinticinco mil familias de origen extremeño. Las asociaciones, hogares, centros, casas, hermandades y agrupaciones extremeñas han sido, no sólo puntos de...

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