DECRETO 177/1996, de 23 de diciembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología y se establece el Plan Extremeño de Investigación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Juventud
Rango de LeyDecreto
DISPOSICIONES FINALES Artículos 1 a 8

PRIMERA: Se faculta al Consejero de Agricultura y Comercio a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el mejor cumplimiento y desarrollo de las normas contenidas en el presente Decreto.

SEGUNDA: El presente Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 1997.

Mérida, 23 de diciembre de 1996.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRIGUEZ IBARRA El Consejero de Agricultura y Comercio,

EUGENIO ALVAREZ GOMEZ CONSEJERIA DE EDUCACION Y JUVENTUD DECRETO 177/1996,de 23 de diciembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología y se establece el Plan Extremeño de Investigación.

La Constitución Española, en el artículo 44.2., obliga a los poderes públicos a promover la Ciencia y la Investigación Científica y Técnica en beneficio del interés general para, en el artículo 149.1.15., asignar la competencia exclusiva al Estado en el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica y, en el artículo 148.1.17., permitir a las Comunidades Autónomas el fomento de la misma, entre otras competencias.

Este mandato constitucional recogido en el mencionado artículo 149.1.15. condujo a la promulgación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, estableciéndose el marco general para el desarrollo de dicha actividad en España.

En aplicación del referido artículo 148.1.17. el Estatuto de Autonomía para Extremadura, en el artículo 7.1.16), atribuye competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma en materia de fomento de la investigación científica en orden a los intereses de la Región para, en el artículo 13, ordenar el fomento de la investigación, especialmente en lo referido a materias o aspectos Peculiares de la Región.

En este contexto normativo, potenciado de manera importante por la asunción del traspaso de funciones y servicios en materia de universidades, la definición de una política integral científica de carácter regional, en el marco de las actuaciones que se han venido desarrollando y consolidando en los últimos tiempos, constituye una necesidad de primer orden para el fortalecimiento de la actividad socioeconómica de la Región, así como para aumentar su capacidad de innovación y su adaptación a los nuevos escenarios de desarrollo que se están estableciendo tanto en el plano nacional como en el europeo.

Los principales ejes sobre los que esta política debe articularse son el sostenimiento y fortalecimiento de la actividad investigadora aumentándose los recursos humanos destinados a tal fin; el establecimiento de directrices y líneas prioritarias para la asignación de los recursos públicos destinados a la Investigación Científica y al Desarrollo Tecnológico; la configuración de los instrumentos de coordinación y decisión colegiada interdepartamental y de asesoría...

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