DECRETO 80/2006, de 2 de mayo, por el que se modifica el Decreto 43/2001, de 20 de marzo, por el que se regula el régimen de incentivos a la inversión para el tejido empresarial y se establecen medidas complementarias al régimen de incentivos industriales extremeños en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 80/2006, de 2 de mayo, por el que se modifica el Decreto 43/2001, de 20 de marzo, por el que se regula el régimen de incentivos a la inversión para el tejido empresarial y se establecen medidas complementarias al régimen de incentivos industriales extremeños en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La firma del III Plan de Industria y Promoción Empresarial de Extremadura entre la Junta de Extremadura y los agentes económicos y sociales de la región y la FEMPEX, estableció como uno de los ejes prioritarios el fortalecimiento y consolidación del tejido empresarial, así se dispusieron medidas a tal efecto como los Incentivos Industriales Extremeños.

Como complemento a estas medidas del III Plan de Empleo e Industria, los proyectos de inversión de iniciativas industriales de importe superior a 601.000 euros han venido beneficiándose de los llamados Incentivos Económicos Regionales del Ministerio de Economía.

No obstante, con objeto de garantizar un nivel de ayudas suficiente que permita hacer atractiva la inversión en nuestra región, el Consejo de Gobierno extraordinario de Granja de Torrehermosa celebrado el 21 y 22 de febrero de 2006, asumió la necesidad de impulsar la medida de poner en marcha la complementariedad de las ayudas a estos proyectos de inversión hasta alcanzar una media razonable.

De otra parte, el Ministerio de Economía, teniendo en cuenta la propuesta formulada por la Junta de Extremadura, y entendiendo que el límite actual a partir del que se admiten inversiones por la línea de Incentivos Económicos Regionales no se adecua al proyecto medio que se ejecuta en Extremadura ha aprobado, con carácter excepcional que se puedan presentar y valorar proyectos de inversión de más de 300.000 euros, siempre que se trate de nuevas empresas o de nuevas instalaciones de empresas existentes, con exclusión de las ampliaciones y modernizaciones; que se creen determinados números de empleo de acuerdo al volumen de inversión y a la localización de las nuevas inversiones de la empresa, no pudiendo ser objeto de modificación el empleo comprometido una vez recibida resolución; y que el proyecto de inversión cumpla con los criterios sectoriales aplicables al efecto. Por tanto, todos aquellos proyectos de...

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