DECRETO 167/2003, de 9 de septiembre, por el que se regulan medidas de apoyo a las empresas afectadas por los incendios forestales de agosto del 2003, y medidas de revitalización económica en las localidades afectadas.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 167/2003, de 9 de septiembre, por el que se regulan medidas de apoyo a las empresas afectadas por los incendios forestales de agosto del 2003, y medidas de revitalización económica en las localidades afectadas.

El objetivo del presente Decreto es establecer medidas extraordinarias de apoyo a las empresas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el mes de agosto de 2003, y de otra parte establecer medidas de revitalización económica en las localidades afectadas estableciendo condiciones especiales en los diversos programas de ayudas puestos a disposición de las empresas en los proyectos que se presenten para acogerse a las mismas durante el ejercicio de 2003.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con la Ley 1/2000, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de Economía y Trabajo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su sesión de 9 de septiembre de 2003

D I S P O N G O

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto:

  1. Establecer medidas de apoyo a las empresas directamente afectadas por los incendios forestales.

  2. Regular las bases para la revitalización de las zonas afectadas mediante la intensificación de ayudas y subvenciones a empresas

radicadas en las localidades afectadas por dichos incendios, dentro de los programas de ayudas y medidas, actualmente en vigor y gestionadas por la Consejería de Economía y Trabajo, a las que se puedan acoger por su actividad o por la naturaleza de las actuaciones a emprender.

Artículo 2 Beneficiarios.

Tendrán la condición de beneficiarios, las empresas directamente afectadas por los incendios forestales que se produjeron durante el mes de agosto de 2003 y las empresas privadas que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de las zonas afectadas por los citados incendios.

Quedan excluidas de este régimen de ayudas las empresas públicas o participadas mayoritariamente por éstas, y las entidades de derecho público.

Artículo 3 Medidas a favor de empresas directamente afectadas en materia de ayudas directas a la inversión.
  1. - En el ámbito de aplicación del Decreto 43/2001, de 20 de marzo, por el que se establece un régimen de incentivos extremeños a la inversión para el tejido empresarial de esta Comunidad se establecen las siguientes medidas:

    1. Concesión de subvención directa del 40% para la reposición de los Activos Fijos enumerados en el artículo 6 del Decreto 43/2001...

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