DECRETO 66/2002, de 28 de mayo, por el que se aprueban los estatutos del Consorcio denominado 'Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Cultura
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE CULTURA

DECRETO 66/2002, de 28 de mayo, por el que se aprueban los estatutos del Consorcio denominado 'Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida'.

El Estatuto de Autonomía en su artículo 7.1.15 asigna competencias exclusivas a la Comunidad Autónoma en materia de cultura, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.2 de la Constitución y defensa de los extremeños a sus peculiaridades culturales.

En este sentido por Decreto 13/1984, de 4 de marzo, se procedió a crear el Patronato del Festival de Teatro Clásico de Mérida, que posteriormente fue modificado en su composición por el Decreto 17/1986, de 4 de marzo.

Desde dicha creación las transformaciones surgidas en las distintas Administraciones participantes en el Patronato y la experiencia adquirida en su funcionamiento han hecho aconsejable avanzar en la evolución que necesita el Festival de Teatro Clásico de Mérida mediante la modificación de la forma de gestión del festival, dotándolo de personalidad jurídica para que disfrute de una sólida organización que facilite su actividad y asegure su permanencia y estabilidad y, a la vez, pueda mantener su denominación como reconocimiento a la importante trayectoria lograda.

Por ello y en aras a una mejora en la gestión y consecución de los fines que son su objeto, se ha producido la transformación del Patronato en la figura jurídica del Consorcio, como entidad de derecho público que gozará de una mayor capacidad de actuación en la vida política, social y cultural de Extremadura.

Con fecha 31 de enero de 2002 se firmó el Convenio de Colaboración para la constitución del mentado Consorcio en que se establece que la Junta de Extremadura, reunida en Consejo de Gobierno, tiene que aprobar los Estatutos del Consorcio, por lo que procede aprobar y publicar los citados Estatutos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 28 de mayo de 2002

D I S P O N G O

Artículo primero Aprobar los Estatutos del Consorcio 'Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida'.
Artículo segundo Publicar, asimismo, los Estatutos del citado Consorcio, los cuales figuran en el Anexo I al presente Decreto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL

El Consorcio se subroga en todos los derechos y obligaciones respecto de los medios personales y materiales existentes en el Patronato.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogados los Decretos 13/1984, de 4 de marzo, por el que se procedió a crear el Patronato del Festival de Teatro Clásico de Mérida y 17/1986, de 4 de marzo, por el que se modificó la composición del mismo, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL Artículos 1 a 19

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el 'Diario Oficial de Extremadura'.

Mérida, a 28 de mayo de 2002.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRÍGUEZ IBARRA

El Consejero de Cultura,

FRANCISCO MUÑOZ RAMÍREZ

A N E X O I

Estatutos del Consorcio 'Patronato del Festival de Teatro Clásico de Mérida'

CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículos 1 a 5
Artículo 1 El denominado 'Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida', se constituye como una entidad de derecho público creada para la gestión del referido Festival de Teatro, integrándose dicho consorcio por la Junta de Extremadura, el Excmo

Ayuntamiento de Mérida, el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, las Excelentísimas Diputaciones de Cáceres y Badajoz, la Caja de Ahorros de Badajoz y la Caja de Ahorros de Extremadura.

Artículo 2 La institución 'Patronato del Festival de Teatro Clásico del Teatro Romano de Mérida', tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines específicos.
Artículo 3 Son objetivos de la institución la cooperación económica, técnica y administrativa entre las Entidades que lo integran para la gestión, organización y prestación de los servicios culturales que se promuevan en el Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida.
Artículo 4 La presente institución se constituye por tiempo indefinido y sólo podrá disolverse por las causas previstas en la Ley o en los presentes Estatutos.
Artículo 5

El 'Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida' se rige por las disposiciones de estos Estatutos, por la reglamentación interna dictada...

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