LEY 9/1996, de 28 de noviembre, de crédito extraordinario de subvenciones con motivo de las elecciones a la Asamblea de Extremadura de 28 de mayo de 1995.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyLey

LEY 9/1996, de 28 de noviembre, de crédito extraordinario de subvenciones con motivo de las elecciones a la Asamblea de Extremadura de 28 de mayo de 1995.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.

Celebradas las elecciones a la Asamblea de Extremadura el 28 de mayo de 1995, y una vez conocidos sus resultados, se ha emitido informe por el Tribunal de Cuentas, de 26 de septiembre de 1996, comprensivo de la declaración del importe de los gastos regulares justificados por cada partido, federación, coalición o agrupación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 de la Ley de Elecciones a la Asamblea de Extremadura, se ha procedido, por la Junta de Extremadura, a presentar un Proyecto de Ley de concesión de crédito extraordinario por el importe de las subvenciones a adjudicar ajustado al informe del Tribunal.

Determinadas las subvenciones por los gastos justificados, observando los límites establecidos y la cuantía máxima permitida por la Ley, el crédito extraordinario que se aprueba es el resultante de deducir a las subvenciones los dos anticipos percibidos anteriormente por los partidos políticos y coaliciones.

ARTICULO UNICO

1.La subvención a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con motivo de las elecciones generales a la Asamblea de Extremadura de 28 de mayo de 1995, en cumplimiento de lo prevenido en los artículos 52 y 56.2 de la Ley 2/1987, de 16 de marzo, de Elecciones a la Asamblea de Extremadura, modificada por la Ley 2/1991, de 21 de marzo, y artículos 127, 131.2 y concordantes de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General es de un total de 138.155.877 pesetas.

El desglose de la subvención por partido o coalición es el siguiente:

P.S.O.E. 65.099.089

P.P. 57.178.883

I.U.-L.V. Compromiso por Extremadura 13.418.607

Coalición Extremeña 2.459.298

TOTAL.................. 138.155.877

  1. Se deducen de la subvención los anticipos percibidos por los partidos políticos y coalición en aplicación de los artículos 54.1 y 56.5 de la Ley 2/1987, de 16 de marzo, de Elecciones a la Asamblea de Extremadura.

    El desglose de dichos anticipos es el siguiente:

    1. Anticipo 2.º Anticipo TOTAL P.S.O.E. 15.091.602 14.202.988 29.294.590

    P.P. 8.299.847 17.430.650 25.730.497

    I.U.-L.V. 1.808.223 4.230.150 6.038.373

    Coalición Extremeña -- -- -TOTAL.................. 61.063.460

  2. Se autoriza la concesión de crédito extraordinario por importe total de 77.092.417 ptas., importe de la subvención una vez deducidos los anticipos, conforme al siguiente desglose:

    P.S.O.E. 35.804.499

    P.P. 31.448.386

    I.U.-L.V. Compromiso por Extremadura 7.380.234

    Coalición Extremeña 2.459.298

  3. Las cantidades relacionadas en el punto anterior se abonarán con cargo a la Sección 11 (Presidencia y Trabajo), Servicio 01 (Secretaría General Técnica), Programa 463.A (Relaciones Institucionales e Informativas), Concepto 489 (Transferencias corrientes a familias e instituciones), Línea de actuación 'Transferencias a partidos políticos y agrupaciones electorales', que se crea al efecto en el estado de gastos del presupuesto.

  4. El crédito extraordinario se financiará con remanentes líquidos de Tesorería correspondientes al ejercicio de 1995.

DISPOSICION FINAL La presente Ley entrará en vigor el día de su

publicación en el 'Diario Oficial de Extremadura', debiendo también ser publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos que sea de aplicación esta Ley que cooperen a su cumplimiento, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda la hagan cumplir.

Mérida, 28 de noviembre de 1996.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRIGUEZ IBARRA I I . A u t o r i d a d e s y P e r s o n a l 1.NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCION de 4 de diciembre de 1996, de la Universidad de Extremadura, por la que se nombra a D. Ignacio Herrera Navarro, Catedrático de Universidad.

Vista la propuesta de nombramiento, efectuada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso de profesorado convocado por Resolución de la Universidad de Extremadura, de fecha 15 de diciembre de 1995 (B.O.E. 18 de enero de 1996) y acreditados por el interesado propuesto los requisitos a que alude el art. 5.2 del R.D.

1888/1984, de 26 de septiembre (B.O.E. de 26 de octubre), referidos en la Resolución de convocatoria, este RECTORADO, en virtud de las atribuciones que le confiere el art. 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto (B.O.E. de 1 de septiembre), el art. 13.1 del citado Real Decreto y el art. 4 del R.D. 898/1985, de 30 de abril (B.O.E. de 19 de junio), HA RESUELTO NOMBRAR Catedrático de la Universidad de Extremadura, en el área de conocimiento Mecánica de los Medios Continuos y Teoría de Estructuras, del Departamento de Electrónica e Ingeniería Electromecánica, a D. Ignacio Herrera Navarro.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el B.O.E.

Badajoz, 4 de diciembre de 1996.

El Rector,

CESAR CHAPARRO GOMEZ 2.OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO ORDEN de 2 de diciembre de 1996, por la que se constituyen listas de espera en varias especialidades del Cuerpo Administrativo de personal funcionario correspondientes a las pruebas selectivas convocadas por Orden de 28 de noviembre de 1995.

Por Orden de esta Consejería de 28 de noviembre de 1995, publicada en el Diario Oficial de Extremadura de 2 de diciembre de 1995, se convocaron pruebas selectivas para el acceso a puestos vacantes en varias especialidades pertenecientes al Cuerpo Administrativo de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Finalizadas las fases de oposición y concurso, los Tribunales de Selección correspondientes elevaron a esta Consejería las relaciones de aspirantes aprobados por orden de puntuación total obtenida, publicándose las mismas por Orden de 25 de noviembre (D.O.E.

n.º 139, de 30 de noviembre), correspondiendo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, constituir las listas de espera en las diferentes especialidades.

Visto lo dispuesto en el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, esta Consejería de Presidencia y Trabajo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

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