DECRETO 168/2002, de 17 de diciembre, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, aprobada por Decreto 210/2001, de 27 de diciembre.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 168/2002, de 17 de diciembre, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, aprobada por Decreto 210/2001, de 27 de diciembre.

El Decreto 209/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos y Logotipo del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, establece como uno de los órganos rectores del Servicio Extremeño de Salud, en cada una de las áreas de salud, las Direcciones de Salud, cuyas funciones fundamentales serán la dirección y coordinación de las acciones y dispositivos de Salud Pública de la Administración Sanitaria en el ámbito del área de salud.

Por su parte, el Decreto 210/2001, de 27 de diciembre, establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, atribuyendo en su artículo 7, a los Directores de Salud de Badajoz y Cáceres, las competencias en materia de Salud Pública hasta ahora ejercidas por los ya extintos Jefes de los Servicios Territoriales.

Una vez aprobada la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario relativa a los Directores de Salud de Área, resulta necesario modificar el artículo 7 arriba citado, atribuyendo la competencia de los Directores de Salud, en materia de Salud Pública, en el ámbito de las áreas correspondientes.

Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 23. ñ) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración, a iniciativa del Consejero de Sanidad y Consumo, a propuesta de la Consejera de Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno de fecha 17 de diciembre de 2002, D I S P O N G O

Artículo único El apartado a) del artículo 7 del Decreto 210/2001, 27 de diciembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo y se modifica la relación de puestos de trabajo y la de personal eventual de la Junta de Extremadura, queda redactado de la siguiente forma:

'a) Las de salud pública por los Directores de Salud, en el ámbito de sus respectivas Áreas'.

Disposición final única.- El presente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR