Decreto 59/2014, de 15 de abril, por el que se modifica el Decreto 23/2012, de 10 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Social.

Fecha de Entrada en Vigor21 de Abril de 2014
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos Único y 8

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 59/2014, de 15 de abril, por el que se modifica el Decreto 23/2012, de 10 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Social. (2014040073)

La actual estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Social se encuentra aprobada por Decreto 23/2012, de 10 de febrero.

En el artículo 5 del citado decreto, dedicado a la Dirección General de Planificación, Calidad y Consumo, establece que le corresponden a la misma, entre otras, las competencias que en materia de salud laboral le atribuye la normativa vigente.

Por su parte, la disposición adicional quinta, dedicada a la modificación del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, establece las funciones que en materia de salud pública corresponden a la Dirección General de Salud Pública.

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, dispone en su artículo 11, con la nueva redacción dada por la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, que la prestación de salud pública comprende la protección y promoción de la salud laboral.

En el mismo sentido que la anterior ley, la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extre ma -dura establece que el Sistema Sanitario Público de Extremadura desarrolla, entre otras, la actividad de salud pública de promoción y protección de la salud laboral y prevención de los factores de riesgo en este ámbito; desarrollando en su artículo 45, dedicado a las actividades de salud laboral, aquellas que le corresponden a la Administración Sanitaria Pública de Extremadura.

Por esta Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, se creó el Servicio Extremeño de Salud, como organismo autónomo de carácter administrativo, con el fin de ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma conforme a los objetivos y principios de esta Ley.

Por tanto, en atención a la necesidad de homogeneidad de la estructura organizativa de la salud laboral, y siguiendo el mandato de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud que ordena que las prestaciones de salud pública se ejercerán con un carácter de integralidad, a partir de las estructuras de salud pública de las Administra -ciones y de la infraestructura de atención primaria del Sistema Nacional de Salud, se hace necesario proceder a la modificación del Decreto 23/2012, de 10 de febrero, suprimiendo las competencias que en materia de salud laboral, hasta ahora ostentaba la Dirección General de Planificación, Calidad y Consumo, que serán desempeñadas por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud.

Como consecuencia de esta modificación, es necesario, introducir la correspondiente modificación en la disposición adicional quinta, relativa a la modificación del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, dando una nueva redacción al apartado 2, por el que se modifica el artículo 8 del citado decreto, a los solo efectos de atribuir a la Dirección General de Salud Pública del SES, las competencias que en materia de salud laboral correspondían anteriormente a la Dirección General de Planificación, Calidad y Consumo.

Finalmente, se modifica la adscripción de diversos puestos de trabajo de personal funcionario para adaptarlos a la realidad de la nueva asignación de competencias y organización.

Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa del Consejero de Salud y Política Social, a propuesta del Consejero de Adminis -tración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de fecha 15 de abril de 2014,

D I S P O N G O :

Artículo Único Modificación del Decreto 23/2012, de 10 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Social, en los siguientes términos:

Uno. Se...

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