DECRETO 31/2006, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 101/2005, de 12 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para las ayudas en materia de acogimiento familiar.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 31/2006, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 101/2005, de 12 abril, por el que se establecen las bases reguladoras para las ayudas en materia de acogimiento familiar.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Decreto 99/1990, de 26 de noviembre, por el que se establecía el Régimen General de Subvenciones de la Consejería de Bienestar Social, regulaba entre otras, las ayudas al Acogimiento Familiar, supeditando su concesión a la capacidad económica de los solicitantes, que debía entrar a valorar el equipo técnico pertinente.

Sin embargo, este régimen de compensación económica contrariaba el propio fin de la ayuda, ya que el acogimiento familiar es una medida de protección cuyo objetivo es la permanencia del menor en un núcleo familiar, con independencia de la capacidad económica de éste. Este razonamiento llevó a elaborar un nuevo Decreto, el 101/2005, de 12 de abril, que específicamente regulaba las bases reguladoras para las ayudas en materia de acogimiento familiar; dicho Decreto establece como premisa fundamental, el carácter universal de dichas ayudas, sin hacerlas depender de la capacidad económica de los solicitantes. Ahora bien, al no establecer taxativamente en su articulado la posibilidad de abonar las ayudas con carácter retroactivo, es decir, no desde el momento en que se dicte la pertinente Resolución de la Dirección General, sino desde el momento en que se formalice un acogimiento por resolución judicial o administrativa (a excepción del acogimiento preadoptivo) o haber formulado la propuesta de formalización de acogimiento en vía judicial, o bien la subsistencia en el tiempo de dicha medida, resulta que a efectos del pago y si la Resolución de concesión de la ayuda no se produce en el momento de la formalización del acogimiento o de la propuesta del mismo, los solicitantes estarían resultando perjudicados, pues estarían dejando de percibir la ayuda durante un determinado tiempo que puede ser variable, teniendo, sin embargo, derecho a ello.

Con el fin de paliar este problema detectado una vez se ha empezado a aplicar el Decreto, es por lo que se...

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