DECRETO 75/2008, de 25 de abril, por el que se establecen subvenciones para la mejora de las condiciones de trabajo en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Mayo de 2008
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad y Empleo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 75/2008, de 25 de abril, por el que se establecen subvenciones para la mejora de las condiciones de trabajo en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2008040082) El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo.

Como consecuencia de este mandato constitucional, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se erige en el pilar fundamental para el desarrollo de una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de riesgos laborales. Así, en su artículo 5 establece que la política en materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo, dirigida a elevar el nivel de protección y de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo.

Del mismo modo, continúa diciendo el citado precepto en su párrafo tercero, que las Administraciones Públicas fomentarán aquellas actividades en orden a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y la reducción de los riesgos laborales, la investigación o fomento de nuevas formas de protección y la promoción de estructuras eficaces de prevención. La norma prevé para ello la adopción de programas específicos dirigidos a promover la mejora del ambiente de trabajo y el perfeccionamiento de los niveles de protección.

Por otra parte, el 8 de octubre de 2007, la Junta de Extremadura, a través de su Presidente, y las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas de nuestra región --UGT,

CCOO y CREEX--, firmaron la Declaración para el Diálogo Social.

En las materias y contenidos que afectan al ámbito de lo laboral, la referida Declaración establece de manera expresa la voluntad inequívoca de los firmantes de renovar y reforzar, con un nuevo Plan de Actuación, la puesta en marcha de políticas que se muestren más eficaces en materia de siniestralidad laboral, dirigidas a la eliminación de sus causas y a la promoción de una adecuada cultura de la prevención en las empresas y entre los trabajadores y trabajadoras extremeñas. Con ello se viene a dar cumplimiento al principio constitucional, rector de la política económica y social impuesto a los poderes públicos, de velar por la seguridad y salud en el trabajo.

Fruto del Diálogo Social, se ha consensuado con los agentes sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura el V Plan de Actuación de Prevención de Riesgos Laborales de Extremadura 2008-2011, con el que se cumple, asimismo, el compromiso que adquirió la Junta de Extremadura con el Gobierno y el resto de Comunidades Autónomas, y los agentes sociales de ámbito estatal en el verano del año 2007, al aprobar por unanimidad la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, que constituye el instrumento para establecer el marco general de las políticas de prevención de riesgos laborales a corto y, sobre todo, a medio y largo plazo, pues abarca el período 2007-2012.

La estructura de este V Plan de Actuación para la Prevención de Riesgos Laborales es similar a la de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, y contempla las Viernes, 2 de mayo de 2008

NÚMERO 84 actuaciones que, como plan estratégico a los efectos de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se desarrollarán en Extremadura durante el periodo 2008-2011, con el objetivo de mejorar las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores y trabajadoras de nuestra Comunidad y conseguir, de esa forma, la reducción de la siniestralidad laboral.

Entre los objetivos específicos del referido V Plan de Actuación, se encuentra el de lograr un mejor y más eficaz cumplimiento de la normativa, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y sobre todo en los aspectos relativos a la mejora de las condiciones de trabajo, a través de la financiación de inversiones realizadas por las empresas en base al cumplimiento de lo expuesto en sus respectivas planificaciones preventivas.

Se trata, en definitiva, de premiar a aquellas empresas en las que la seguridad laboral constituya un objetivo primordial y que cumplan adecuadamente la normativa vigente en materia de seguridad e higiene, fomentando así una cultura preventiva mediante la mejora de las condiciones de trabajo.

La implantación en nuestra Comunidad de un modelo industrial basado fundamentalmente en el predominio de la pequeña y mediana empresa que a veces no cuenta con medios ni recursos suficientes destinados a conseguir una mayor seguridad en sus instalaciones y un eficaz desarrollo de la acción preventiva, obliga, como una acción más dentro de la política global de prevención de los riesgos en el trabajo que está desarrollando la Junta de Extremadura a regular una serie de ayudas dirigidas a incentivar a estas empresas, siendo las que cuenten con un número máximo de cincuenta trabajadores las beneficiarias de las ayudas reguladas por este Decreto.

El encuadre competencial de esta materia se ubica en el artículo 9.11 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, en la nueva redacción dada por la Ley Orgánica 12/1999, de 6 de mayo, de Reforma del Estatuto de Autonomía, en virtud del cual corresponde a esta Comunidad Autónoma la función ejecutiva en materia laboral, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias del Estado. En el ejercicio de tales competencias se procede a establecer, a través del presente Decreto, un régimen de ayudas que tienda a conseguir la promoción de la seguridad y salud de los trabajadores.

El actual Decreto, que viene a derogar el Decreto 50/2005, de 28 de enero, por el que se establecen subvenciones para la mejora de las condiciones de trabajo en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene como objetivo fundamental dar cumplimiento a lo acordado en la Mesa de Concertación sobre Prevención de Riesgos Laborales, la cual decidió modificar el tamaño de las empresas para acceder a estas subvenciones a conceder en base a las inversiones realizadas por las mismas, justificando esta medida en la amplificación de estas ayudas al empresario extremeño y, por tanto, a los trabajadores de la Comunidad Autónoma.

El Decreto regula un procedimiento de concurrencia competitiva, que es el procedimiento ordinario de concesión de la subvención, a tenor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, de régimen general de concesión de subvenciones, aplicable en todo lo que no se oponga a la citada Ley 38/2003.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con los artículos 13 i), 23 h), 36 d) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Igualdad y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 25 de abril de 2008,

D I S P O N G O :

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 6
Artículo 1 Objeto.

El objeto del presente Decreto es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción de la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas que tengan como finalidad la prevención de riesgos derivados del trabajo, con el límite presupuestario que se fije en la aplicación pertinente de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para cada ejercicio.

Artículo 2 Incompatibilidad.
  1. El régimen de ayudas previsto en el presente Decreto es un régimen de mínimis conforme a la regulación que establece la Comisión Europea en el Reglamento 1998/2006, de 15 de diciembre (Diario Oficial de la Unión Europea de 28 de diciembre de 2006), por lo que la cuantía de las ayudas acogidas a este régimen no podrán superar la cantidad de...

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