DECRETO 13/2007, de 23 de enero, por el que se modifica el Decreto 94/2006, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de becas de especialización, formación y perfeccionamiento de personal de investigación en diversos campos de la Consejería de Desarrollo Rural.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

DECRETO 13/2007, de 23 de enero, por el que se modifica el Decreto 94/2006, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de becas de especialización, formación y perfeccionamiento de personal de investigación en diversos campos de la Consejería de Desarrollo Rural.

Mediante Decreto 94/2006, se establecieron las bases reguladoras de becas de especialización, formación y perfeccionamiento de personal de investigación en diversos campos de la Consejería de Desarrollo Rural fundamentándose en la obligación que impone la Constitución a los poderes públicos, como garantes de la formación y readaptación profesional, de promover la ciencia y la investigación científica y técnica, y dentro del marco del fomento del progreso social y económico que se configura, en nuestro Estatuto de Autonomía, como uno de lo objetivos básicos de las instituciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Tras la experiencia de la anterior convocatoria, y con el fin de cumplir más fielmente y de una forma más ágil con las obligaciones y objetivos que las leyes imponen a esta Administración Autonómica, se hace necesario modificar determinados aspectos de las citadas bases.

En concreto se flexibiliza la composición de la Comisión de Selección que se determinará en la correspondiente Orden de convocatoria de las becas, ajustándose a las titulaciones o especialidades exigidas para optar a las mismas.

Asimismo, articulándose un procedimiento más adecuado para la correcta selección de aspirantes, se establece que éstos serán llamados para la realización de la entrevista personal, pudiéndose efectuar parte de esta en el idioma o idiomas cuyo conocimiento ha acreditado el solicitante.

Por último, por un lado, para adecuar estrictamente la valoración de los méritos académicos del solicitante a las tablas de equivalencia aplicables que regula el Real Decreto 1267/1994, de 10 de julio, se suprime la referencia al límite máximo de puntuación a otorgar en dicha valoración, y por otro, debido a la peculiaridad del personal que disfruta las becas, se equiparan al personal laboral de la Junta de Extremadura para la determinación de las ayudas complementarias por los desplazamientos realizados.

En virtud de lo dispuesto, y de conformidad con los artículos 23.i) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, de Gobierno y de la Administración de la Junta de Extremadura, a...

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