Decreto 232/2010, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 266/2008, de 29 de diciembre, por el que se regulan los programas de escuelas taller, casas de oficios, unidades de promoción y desarrollo y talleres de empleo en el ámbito de la Comunidad Autonóma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad y Empleo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y EMPLEO

DECRETO 232/2010, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 266/2008, de 29 de diciembre, por el que se regulan los programas de escuelas taller, casas de oficios, unidades de promoción y desarrollo y talleres de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2010040257)

Los programas de escuelas taller, talleres de empleo y casas de oficios, desde su inicio en 1985, se han consolidado como una eficaz medida de inserción en el mercado de trabajo a través de la cualificación y profesionalización de desempleados mediante la formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional. Los últimos análisis de la evolución del mercado de trabajo han venido desvelando la importancia de este programa que no solo se ha convertido en un instrumento adecuado de inserción laboral de desempleados, sino que ha llegado a ser uno de los programas más importantes de cualificación profesional, inclusión y cohesión social.

Por todo ello los programas de formación y empleo citados en el párrafo anterior, regulados por el Decreto 266/2008, de 29 de diciembre, son el instrumento jurídico adecuado para la realización y ejecución de las nuevas orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros, indicadas en la Decisión del Consejo 2010/707/UE, de 21 de octubre de 2010, que insta a los Estados Miembros a conseguir una población activa cualificada que responda a las necesidades del mercado laboral y promover el aprendizaje permanente, así como a conseguir sistemas de educación y formación más abiertos y pertinentes, especialmente mediante la aplicación de marcos de cualificaciones nacionales que permitan itinerarios flexibles de aprendizaje y el establecimiento de asociaciones entre el mundo laboral y el mundo de la educación y la formación.

Se necesita asimismo racionalizar los recursos públicos, para procurar un mayor número de destinatarios de estos programas, dado el aumento del nivel de desempleo de nuestra Comunidad en las últimas fechas, por ello sin mermar la dotación presupuestaria correspondiente pero ante la imposibilidad de incrementar el gasto público, se reduce la cuantía a percibir en concepto de gastos salariales de los alumnos con el objetivo de llegar al mayor número de destinatarios finales posibles, redimensionando los costes y cuantías, como manera de conseguir un desarrollo equilibrado de todos los municipios y comarcas de la región y dotar a la línea de ayudas de un mayor peso de equilibrio en el reparto regional de las ayudas.

La presente modificación del Decreto 266/2008, de 29 de diciembre, por el que se regulan los programas de escuelas taller, casas de oficios, unidades de promoción y desarrollo y talleres de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para dichos programas, consta de un artículo, dos disposiciones transitorias y dos disposiciones finales. Entre las principales novedades introducidas destaca la posibilidad de planificar la programación de los proyectos de forma sectorial por razones de interés público, así como la introducción de un programa de practicas no laborales voluntarias en empresas preferentemente del sector privado, las cuales dada la enorme diversidad de los territorios y los participantes, la peculiaridad

docente de los programas regulados con distintas áreas, niveles y contenidos, así como la enorme flexibilidad y cambio del panorama económico de la región actual son de imposible selección mediante el procedimiento de concurrencia. Dicho programa responde a la finalidad de acercar a los alumnos al mundo real de la empresa, ubicándolos en la misma y adecuándolos a las exigencias de rentabilidad y profesionalidad exigibles en el tráfico jurídico laboral y mercantil.

Por otro lado se modifican los criterios de valoración para coordinarlos con el Decreto 56/2010, de 5 de marzo, por el que se regula el proceso de elaboración, reconocimiento e inscripción en el Registro de los Planes Territoriales para el Empleo pactados en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Por último cabe resaltar la modificación del régimen de justificación en los supuestos de cantidades no aplicadas al fin previsto para lograr una adecuada integración de los datos a suministrar, en aras a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Decreto 17/2008, de 22 de febrero, a la base de datos de subvenciones de la Comunidad Autónoma, para...

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