Decreto 82/2011, de 20 de mayo, de concesión directa de una subvención a las organizaciones profesionales agrarias implantadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

DECRETO 82/2011, de 20 de mayo, de concesión directa de una subvención a las organizaciones profesionales agrarias implantadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2011040091)

En la Comunidad Autónoma de Extremadura las organizaciones profesionales agrarias desempeñan un papel importante en la defensa de los intereses de los profesionales del sector agrario, fomentando la participación de éstos en la ejecución y promoción de la política agraria en colaboración con los poderes públicos autonómicos y a su vez orientando y asesorando a los agricultores y ganaderos en sus actividades.

El reconocimiento institucional de sus labores de asesoramiento a los agricultores y ganaderos de esta Comunidad Autónoma se traduce, entre otras medidas, en ayudas que tienen como objetivo financiar las actividades que finalmente permitirá la orientación y asesoramiento al sector y en definitiva mejorar el servicio prestado al mismo.

La importancia del sector agrario en Extremadura aconseja disponer de órganos eficaces de participación de las Organizaciones Profesionales Agrarias, así como de las asociaciones más representativas del cooperativismo agrario y de la industria agroalimentaria en la representación institucional, reivindicación y negociación en defensa de los intereses profesionales y socioeconómicos de los agricultores y ganaderos.

La representatividad de las organizaciones profesionales agrarias la atribuía la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de Elecciones al Campo. La Ley 5/2011, de 7 de marzo, de creación de órganos consultivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito agrario y agroalimentario ha venido a establecer un conjunto de principios básicos o criterios generales de medición de la representatividad de las Organizaciones Profesionales Agrarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Asimismo esta ley establece que las medidas destinadas a promover la defensa de los profesionales del sector agrario, fomentando la participación de éstos en la ejecución y promoción de la política agraria en colaboración con los poderes públicos y autonómicos y a su vez orientando y asesorando a los agricultores y ganaderos en sus actividades, regulada por el Decreto 195/2005, de 30 de agosto, por el que se establece una línea de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, será objeto de asignación nominativa a cada una de dichas Organizaciones que tengan el carácter de representatividad al que se refiere el artículo 4 de la Ley 5/2011, en los Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en proporción a la representación que tengan reconocida en el Consejo Asesor Agrario y Rural de Extremadura.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 20 de mayo de 2011,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

El presente decreto tiene por objeto regular, de conformidad con la disposición adicional cuarta , de la Ley 5/2011, de 7 de marzo, de creación de órganos consultivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito agrario y agroalimentario la concesión directa de una subvención a cada una de las Organizaciones profesionales agrarias que tengan el carácter de representativas conforme al artículo 4 de la ley en proporción a la representación que les corresponda el Consejo Asesor Agrario y Rural de Extremadura.

Artículo 2 Compatibilidad de subvenciones.

Las...

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