RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la convocatoria de contratación administrativa para diplomados y licenciados, con especialidad en lengua extranjera, para impartir cursos de idiomas en Centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura,...

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Educación, Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la convocatoria de contratación administrativa para diplomados y licenciados, con especialidad en lengua extranjera, para impartir cursos de idiomas en Centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sostenidos con fondos públicos y ubicados en localidades de menos de 5.000 habitantes.

Por Decreto 28/1996 (D.O.E. nº 35, de 2 de abril), se regulan las condiciones básicas para la participación en cursos e intercambios para la formación y perfeccionamiento en otros idiomas oficiales de países miembros de la Unión Europea, y por Orden de 11 de marzo de 2002 (D.O.E. nº 31, de 14 de marzo) se convocan cursos de idiomas para localidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes, a desarrollar en Centros de Educación Infantil, Primaria y/o Educación Secundaria; sostenidos con fondos públicos.

El conocimiento de los idiomas extranjeros contribuye a mejorar la formación en los planos individual, social y cultural. Desde la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología se quiere potenciar su estudio, favoreciendo a la población escolar rural, con mayores dificultades para acceder a este tipo de formación.

El personal docente es un elemento fundamental para el desarrollo de los cursos convocados, por lo que debe contar con la formación teórica y práctica adecuada.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con la Orden de 26 de julio de 1999, de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología sobre delegación de competencias en materia de contratación atribuidas por titular de la Consejería al Secretario General Técnico, R E S U E L V O

Artículo 1º Convocatoria
  1. Por la presente Resolución se regula y hace pública la convocatoria de contratación administrativa de diplomados/as y licenciados/as, con especialidad en lengua extranjera (inglés y/o francés).

  2. El objeto de la contratación es impartir los cursos de idiomas que se desarrollarán, durante el mes de julio de 2002, en Centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sostenidos con fondos públicos y ubicados en localidades de menos de 5.000 habitantes.

Artículo 2º Crédito

Para la consecución de los fines previstos en la presente convocatoria, se destinará la cuantía máxima de 250.021 euros, con cargo a la Aplicación presupuestaria 2002.13.08.423A.641, Proyecto 2002.13.08.0002, Superproyecto 2002.13.08.9002 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2002.

Artículo 3º Características de la Convocatoria
  1. - Contratos

    1. Los contratos del profesorado seleccionado tendrán el carácter de contratos administrativos de consultorio y asistencia y de los servicios, regulados en el Título IV del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en concreto en su artículo 200 en el que se establece un régimen específico de contratación para las actividades docentes, y en las normas que la desarrollan en cuanto no se opongan a lo dispuesto en la misma.

    2. El número de contratos administrativos dependerá de las localidades/agrupaciones seleccionadas y el número de grupos asignados a cada una, resuelta la Orden de 11 de marzo de 2002 por la que se convocan estos cursos en localidades de menos de 5.000 habitantes.

    3. La cuantía de los contratos, en cantidades brutas, estará en función del número de horas impartidas diariamente, según la siguiente escala:

    · Tres horas diarias: 725 euros.

    · Cuatro horas diarias: 785 euros.

    · Cinco horas diarias: 905 euros.

  2. - Profesorado

    1. El profesorado especialista que impartirá estos cursos será el que resulte seleccionado, una vez resuelta la presente convocatoria.

    2. El número de horas diarias de clase que corresponderá al profesorado oscilará entre un mínimo de tres y un máximo de cinco, dependiendo del número de grupos asignado a la localidad/agrupación a la que se adscriba.

    3. La configuración de las agrupaciones que se constituyan con más de una localidad determinará el ámbito de actuación del profesorado.

    4. El profesorado cuyo ámbito de actuación sea una agrupación integrada por más de una localidad tendrá derecho a percibir,

      según la normativa vigente, los gastos de locomoción que se generen en el desarrollo de los mismos, tomando como base para el cálculo del kilometraje la primera localidad en la que imparta clase.

    5. En las localidades a las que hayan sido adscritos más de un profesor/a, tendrán preferencia:

      · Los diplomados/as para dar clase a los grupos de Educación Infantil y Primaria.

      · Los licenciados/as para dar clase a los grupos de Educación Secundaria.

  3. - Cursos

    Los diplomados/as para dar clase a los grupos de Educación Infantil y Primaria. Los licenciados/as para dar clase a los grupos de Educación Secundaria.

    1. Los cursos, al desarrollarse durante el periodo vocacional, tendrán, ante todo, un enfoque lúdico que complemente las actuaciones desarrolladas durante el curso académico, siendo su objetivo principal el desarrollo de habilidades comunicativas entre los niños/as, siempre de una forma amena y atractiva, al tiempo que se potencien los valores básicos de una escuela comprensiva (tolerancia, participación, igualdad de oportunidades, etc.). De igual forma, se...

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